sábado, 13 de marzo de 2010

11 modalidades de delito electoral

Ø El Código Penal Colombiano cataloga 11 acciones como delitos electorales। Entre éstas se encuentra el constreñimiento al sufragante y la corrupción al elector.

Bogotá D.C., 13 de Marzo de 2010. Con ocasión de las elecciones del próximo 14 de marzo, en las que se elegirán 102 Senadores, 166 representantes a la Cámara y los cinco representantes de Colombia ante el Parlamento Andino, la Registraduría Nacional del Estado Civil recuerda que la Ley 1142 de 2007 o Código Penal Colombiano, que modificó la Ley 559 de 2008, tipifica 11 acciones como delitos electorales.

Se cataloga delito electoral aquella conducta u omisión de una o varias personas que atenta contra la objetividad, transparencia, igualdad y libertad del sistema electoral y que quebranta contra la limpieza del voto y la efectividad del sufragio.

Estas son las 11 conductas punibles previstas en el Código Penal Colombiano. Los ciudadanos que tengan conocimiento de alguna de estas conductas, deben ponerlas en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación, para que adelante la investigación correspondiente.

1. Perturbación de Certamen Democrático: es la alteración o impedimento a los mecanismos de participación democrática, escrutinios o a la realización de un Cabildo Abierto. Este delito tiene una pena de 4 a 9 años de prisión. En el caso que se realice violentamente, la condena es de 6 a 12 años.

2। Constreñimiento al Sufragante: es la intimidación o el uso de armas para amenazar a cualquier persona habilitada para sufragar con el fin de obtener apoyo o votación para un candidato o una lista de aspirantes o el voto en blanco. En este caso, el castigo es de 3 a 6 años de cárcel.

3. Fraude al Sufragante: consiste en que a través de una maniobra engañosa se logra que la persona habilitada para votar lo haga por un candidato, lista o por el voto en blanco. La pena para el individuo que cometa esta acción es de 4 a 8 años.

4. Fraude a Inscripción de Cédulas: delito conocido como trashumancia (trasteo de votos), que se da cuando por medios indebidos se desplazan a ciudadanos habilitados para a votar a un lugar diferente al que residen, con el fin de obtener ventajas en los diferentes mecanismos de participación. Es necesario que exista la inscripción fraudulenta para que se considere delito. La pena es de 3 a 6 años.

5. Corrupción al Sufragante: es la promesa, pago o entrega de dinero o dádiva a una persona habilitada para votar para que sufrague por un candidato, partido político o voto en blanco ó se abstenga de hacerlo. La pena es de 3 a 5 años de cárcel y una multa de 100 a 500 salarios mínimos legales vigentes. El sufragante que acepte tendrá una condena de 1 a 2 años.

6. Voto Fraudulento: El Código Electoral incluye varias acciones como suplantar a algún ciudadano habilitado para sufragar, votar más de una vez o votar sin tener el derecho de hacerlo. La pena es de 4 a 8 años de prisión.

7. Favorecimiento al Voto Fraudulento: Este delito se presenta cuando un servidor público permite el voto fraudulento se realice. Tiene una pena entre 4 y 8 años de cárcel.

8. Mora en la Entrega de Documentos Relacionados con una Elección. Cuando el servidor público no hace oportunamente la entrega de los sellos de urna o arca triclave y el registro electoral que son las listas de votantes, las actas de escrutinio de mesa, de escrutinio de las delegaciones departamentales, de las comisiones escrutadoras auxiliares, de escrutinio departamental, municipal o nacional. El castigo es de 1 a 3 años de prisión.

9. Alteración de Resultados Electorales: que es alterar el resultado de la votación con acciones diferentes a la ya mencionadas. Se introduzcan indebidamente tarjetas o documentos, o se modifiquen actas. La pena es de 4 a 8 años.

10. Ocultamiento, Retención y Posesión Ilícita de Cédula: La persona que desaparezca, posea o retenga la cédula de ciudadanía ajena o cualquier otro documento necesario para el ejercicio del derecho de sufragio, incurrirá en este delito y tendrá una condena de 4 a 8 años de prisión.

11. Denegación de Inscripción: que es cuando el servidor público designado a llevar a cabo el trámite de inscripción de cédulas de ciudadanía o de inscripción de candidatos se abstiene de cumplir su función, la retarda u opone ilegalmente algún obstáculo. La pena es de 1 a 3 años de prisión.

El 14 de marzo los colombianos sólo pueden votar en una de las dos consultas para elegir candidato presidencial: la del Partido Verde o la del Conserv

Ø Los ciudadanos que deseen participar deben solicitarle al jurado de votación la tarjeta electoral de la consulta del Partido Verde o del Partido Conservador।

Bogotá D।C।, miércoles 13 de marzo de 2010। La Registraduría Nacional del Estado Civil, en el marco de la colaboración que presta al Partido Verde y el Partido Conservador para la realización de sus consultas, avanza en la organización de estas jornadas de participación que se realizarán este 14 de marzo, de manera simultánea con las elecciones de Senado, Cámara de Representantes y Parlamento Andino.

Los jurados de votación entregarán a cada ciudadano tres tarjetas electorales, una por cada corporación, más la tarjeta del Voto Caribe para los habitantes de los ocho departamentos de la Región Caribe. Los colombianos que así lo deseen podrán solicitar adicionalmente la tarjeta electoral de la consulta del Partido Conservador o del Partido Verde, para participar en la elección del candidato presidencial de cada una de estas dos colectividades.

Los resultados de ambas consultas se conocerán en la noche del 14 de marzo.

Los precandidatos presidenciales del Partido Conservador son:

1. Martha Lucía Ramírez

2. José Galat

3. Álvaro Leyva

4. Noemí Sanín

5. Andrés Felipe Arias

Los precandidatos presidenciales del Partido Verde son:

1. Antanas Mockus

2. Enrique Peñalosa

3. Luis Garzón

Los ciudadanos sólo podrán sufragar por una de estas consultas, ya que la doble militancia está proscrita y por lo tanto no es posible participar en dos consultas en la misma jornada electoral.

Luego de marcar las tarjetas electorales, el elector deberá depositar la tarjeta de Senado de la República, Cámara de Representantes y Parlamento Andino en la urna que le indique el jurado. Si participó en la consulta de algún partido y/o en la consulta de la Región Caribe, deberá introducir la tarjeta en la urna que está destinada únicamente para las consultas.

Para la realización de las consultas populares, se destinó un presupuesto de $30.000 millones y se imprimirán 30 millones de tarjetas electorales

Este 14 de marzo los colombianos podrán participar en la Consulta Pedagógica del Voto Caribe

Ø La Registraduría imprimió 5’800.000 tarjeta electoral para esta iniciativa de carácter pedagógico, sin fuerza vinculante.

Bogotá D.C., lunes 13 de marzo de 2010. Los habitantes de los departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena, San Andrés, Providencia y Santa Catalina y Sucre recibirán de manos del jurado cuatro tarjetas electorales: Senado, Cámara de Representantes, Parlamento Andino y Voto Caribe. El ciudadano decidirá si la introduce a la urna o no. Si el elector decide introducir la tarjeta se asumirá que está a favor de la iniciativa pedagógica, y de no ser así este deberá devolver la tarjeta al jurado de la mesa.

Las tarjetas del Senado de la República, de la Cámara de Representantes y de Parlamento Andino se introducirán en una urna. Las de las consultas y el Voto Caribe tendrán que ser depositados en una urna diferente.

Los ciudadanos recibirán una tarjeta en la cual encontrarán el siguiente texto: “Voto a favor de la Constitución de la Región Caribe como una entidad territorial de derecho público, con autonomía para la gestión de sus intereses, que promueva el desarrollo económico y social de nuestro territorio dentro del Estado y la Constitución Colombiana”. La tarjeta no trae casillas para marcar por parte del sufragante, ya que se trata de una consulta pedagógica, sin efectos jurídicos.

El Consejo Nacional Electoral, CNE, destacó en su concepto del pasado 12 de Febrero la importancia de estimular la participación y la práctica de iniciativas ciudadanas no sólo cuando ellas estén enmarcadas en la Constitución sino cuando “la propuesta esté evidentemente encaminada a la divulgación del derecho fundamental a la participación ciudadana”.

Los resultados de la Consulta Pedagógica Voto Caribe se conocerán una vez los jurados de votación culminen con el escrutinio de Senado, Cámara de Representantes, Parlamento Andino y las Consultas del Partido Verde y el Partido Conservador.

Pedagogía Electoral

Vote Libre – Elecciones 2010

¿Se puede participar en el Voto Caribe fuera de los departamentos de la Costa?
Sí, por tratarse de una consulta pedagógica sin resultado vinculante. Por petición de los Gobernadores de los departamentos de la Región Caribe, la Registraduría imprimirá 5.8000.000 tarjetas electorales que serán entregadas a los habitantes de los 8 departamentos de la Costa Caribe. Los habitantes de las demás regiones del país podrán imprimir la tarjeta que se encuentra disponible en Internet o fotocopiarla e introducirla en la misma urna en la que se depositan las tarjetas de las consultas del Partido Verde o el Partido Conservador. El jurado realizará un conteo y hará la observación en el formato “cuentavotos”, más no escrutará esta papeleta, ya que se trata de una ejercicio con fines pedagógicos y no jurídicos.



Preguntas frecuentes sobre el Parlamento Andino

Ø Este organismo se compone actualmente por representantes de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Chile, como país asociado.

Ø El próximo 14 de marzo los colombianos elegirán a los cinco representantes del país a ese organismo.

Bogotá D.C., 13 de marzo de 2010. El 14 de marzo se realizarán las elecciones del Congreso de la República y por primera vez los colombianos elegirán de forma directa los cinco representantes al Parlamento Andino.

A continuación algunas respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el Parlamento Andino.

1. ¿Qué es el Parlamento Andino?

El Parlamento Andino es un órgano deliberante que representa a los pueblos de la Comunidad Andina. Actualmente se compone por representantes de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Chile, este último como país asociado. En abril de 2006, Venezuela decidió retirarse de la CAN y denunciar el Acuerdo de Cartagena, por razones políticas.

2. ¿Cuáles son las funciones del Parlamento Andino?

Las funciones del Parlamento Andino son:

· Participar en la orientación y promoción del proceso de integración.

· Examinar la marcha y el cumplimiento de los objetivos de dicho proceso.

· Promover la armonización de las legislaciones de los países miembros.

· Representar los intereses de los más de 120 millones de ciudadanos que conforman la Comunidad Andina.

· Todas las acciones que busquen consolidar la integración de forma económica, política, social y cultural.

3. ¿Cuántos representantes se eligen en cada país?

Cada país miembro del Parlamento Andino tiene cinco representantes. Estos se eligen de acuerdo con la legislación de cada de país. En Colombia, es la primera vez en la historia que se escogen de manera directa, de acuerdo con lo previsto en la Constitución de 1991.

4. ¿Dónde es la sede principal del Parlamento Andino?

Cada país miembro del Parlamento Andino tiene una oficina de enlace. La Oficina Central de este organismo está ubicada en Bogotá, en la Carrera. 14 No. 70A-61, donde se realizan las plenarias.

5. ¿Cómo se elegían anteriormente los representantes de Colombia al Parlamento Andino?

El artículo 3 del Protocolo Adicional al Tratado Consultivo del Parlamento Andino (Tratado de Trujillo, 1996) dice que en cada país miembro se elegirán cinco representantes titulares, lo que hace a un total de 20 parlamentarios. Cada representante tendrá un primer y segundo suplentes que lo sustituirán en casos de ausencia temporal o definitiva.

Colombia adhirió a ese tratado, sólo hasta 2007, cuando se aprobó la Ley 1157. Los anteriores parlamentarios andinos de Colombia fueron elegidos por el Congreso de la República, dos eran designados por el Senado y los tres restantes por la Cámara de Representantes. Ahora serán los ciudadanos colombianos quienes lo hagan el próximo 14 de marzo, el mismo día que se elige el nuevo Congreso.

6. ¿Cuál es el periodo de los representantes del Parlamento Andino?

Los representantes del Parlamento Andino se eligen por cuatro años, el mismo periodo que rige a los Senadores de la República y los Representantes a la Cámara.

7. ¿Cómo se aplica la votación?

Se aplicará el sistema de cifra repartidora, de acuerdo con el Acto Legislativo 01 de 2003, con base en la votación alcanzada entre las listas que alcanzaron el umbral del 2% del total de votos emitidos válidamente.

8. ¿Ante quién se posesionan los representantes del Parlamento Andino?

Los cinco Parlamentarios Andinos electos se posesionarán y juramentarán ante las órdenes de gobierno del Parlamento Andino.

9. ¿Cuales son los compromisos que adquieren los representantes al Parlamento Andino?

· Uno de los cinco parlamentarios asumirá el cargo de vicepresidente de la delegación colombiana y hará parte de la Mesa Directiva del ente regional.

· Deberán participar en la Plenaria, Sesiones Ordinarias del Parlamento Andino, que se celebran mensualmente en dos períodos al año, de marzo a junio y de agosto a noviembre.

· Los nuevos parlamentarios integrarán las comisiones permanentes del Parlamento Andino.

10. ¿Qué no pueden hacer los representantes al Parlamento Andino?

Teniendo en cuenta que el Parlamento Andino es una institución con independencia política, el primer impedimento que tiene un parlamentario es realizar opiniones o pronunciamientos en nombre de la institución sin estar legalmente autorizados de conformidad al reglamento general.

11. ¿Cuáles son las incompatibilidades de los representantes al Parlamento Andino?

Además de las reglas establecidas en la legislación interna colombiana, los Parlamentarios Andinos no podrán:

· Ejercer funciones públicas al servicio de ningún país.

· Ser representante, funcionario o empleado de algún otro órgano del Sistema Andino de Integración

· Ser funcionario o empleado de alguna de las instituciones comunitarias andinas o de los organismos especializados vinculados a ellas.

TARJETON PARA SENADO



DOBLE CLIK SOBRE LA IMAGEN PARA LEER MEJOR

Recomendaciones para votar mañana domingo 14 de marzo

Aprenda en 5 pasos cómo votar por Senado, Cámara y Parlamento Andino el próximo 14 de marzo

Ø Cada ciudadano recibirá tres tarjetas electorales: Senado de la República, Cámara de Representantes y Parlamento Andino। Adicionalmente, podrá solicitar una cuarta tarjeta, para participar en la consulta popular del Partido Conservador Colombiano o en la del Partido Verde Opción Centro. Además los ciudadanos de la Costa Atlántica podrán participar en la Consulta Caribe.

Bogotá D.C., 13 de marzo de 2010. En las elecciones del 14 de marzo, los colombianos elegirán Senado de la República, Cámara de Representantes y Parlamento Andino. Además podrán votar en las consultas populares del Partido Conservador Colombiano o el Partido Verde Opción Centro, y en la Costa se celebrará la Consulta Caribe.

Todas las personas habilitadas para sufragar pueden hacerlo de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. En la mesa de votación respectiva los ciudadanos deben entregar al jurado de votación la cédula de ciudadanía en cualquiera de los tres formatos: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.

Cada ciudadano recibirá tres tarjetas electorales, una por cada corporación. Adicionalmente, para participar en la consulta popular del Partido Conservador Colombiano o en la del Partido Verde Opción Centro, y los ciudadanos de la Costa Atlántica podrán participar en la Consulta Caribe.

Las tarjetas electorales no traen las fotos de los candidatos ni sus nombres, razón por la cual se recomienda a todos los sufragantes identificar el logosímbolo del partido de su predilección en cada corporación así como el número de su candidato favorito en las listas con voto preferente. Como ayuda pedagógica, en los cubículos habrá un cuadernillo con los nombres y las fotografías de los 2.750 aspirantes inscritos, para que los sufragantes puedan verificar el número del candidato y si la lista es por voto preferente o por voto no preferente.

Para marcar la tarjeta electoral del Senado de la República:

Paso 1: Verifique que la tarjeta electoral dice “Senado de la República”. Esta tarjeta consta de 2 partes: A y B.

Paso 2: Decida en cuál de las dos partes de la tarjeta usted desea marcar su voto. La tarjeta tiene una “Parte A”, correspondiente a la circunscripción nacional de Senado, y una “Parte B”, correspondiente a la circunscripción especial de Senado para comunidades indígenas.

Paso 3: Usted sólo puede marcar un logosímbolo del partido o movimiento político de su preferencia, en una de las dos partes; no en las dos. En la “Parte A” hay 14 opciones de voto por partidos y movimientos políticos y en la “Parte B” hay 6 logos.

Paso 4: Tenga en cuenta si la lista seleccionada es con voto preferente o voto no preferente. Si tiene voto preferente, usted, además de marcar el logo del partido o movimiento político debe marcar el número del candidato de su predilección. Si por el contrario, la lista es de voto no preferente, usted únicamente debe marcar el logo del partido o movimiento político por el que desea votar.

Paso 5: Usted también puede optar por el voto en blanco. Para ello debe marcar la casilla que dice “voto en blanco” ubicada en la parte de la tarjeta en la que desea participar, es decir, circunscripción nacional o circunscripción especial indígena (Parte A o Parte B).



Para marcar la tarjeta electoral de Cámara de Representantes:

Paso 1: Verifique que la tarjeta electoral dice “Cámara de Representantes”. Esta tarjeta consta de 3 partes: A, B.y C.

Paso 2: Decida en cuál de las dos partes de la tarjeta usted desea marcar su voto. La tarjeta tiene una “Parte A”, correspondiente a la Cámara de Representantes Territorial (Departamental, Bogotá o circunscripción internacional). La “Parte B” corresponde a la circunscripción especial comunidades indígenas y la “Parte C” es para la elección de la circunscripción especial comunidades negras

Paso 3: Usted sólo puede marcar un logosímbolo del partido o movimiento político de su preferencia, en una sola de las tres partes; no en varias. En la “Parte A” el número de opciones de voto varía dependiendo del número de listas inscritas en cada circunscripción territorial. En la “Parte B” hay 5 logosímbolos correspondientes a las listas inscritas para la circunscripción especial de comunicades indígenas, y en la “Parte C” los sufragantes encontrarán 67 opciones de voto, del total de listas inscritas para la circunscripción especial de comunidades negras.

Paso 4: Tenga en cuenta si la lista seleccionada es con voto preferente o voto no preferente. Si tiene voto preferente, usted, además de marcar el logo del partido o movimiento político debe marcar el número del candidato de su predilección. Si por el contrario, la lista es de voto no preferente, usted únicamente debe marcar el logo del partido o movimiento político por el que desea votar.

Paso 5: Usted también puede optar por el voto en blanco. Para ello debe marcar la casilla que dice “voto en blanco” ubicada en la parte de la tarjeta en la que desea participar, es decir, circunscripción nacional o circunscripción especial indígena o circunscripción especial de comunidades negras. (Parte A, Parte B o Parte C).



Para marcar la tarjeta electoral de Parlamento Andino:

Paso 1: Verifique que la tarjeta electoral dice “Parlamento Andino”.

Paso 2: Marque sólo un logosímbolo del partido o movimiento político de su preferencia. Los electores encontrarán 14 logosímbolos correspondientes a las listas inscritas para participar en la elección de Parlamento Andino.

Paso 3: Tenga en cuenta si la lista seleccionada es con voto preferente o voto no preferente. Si tiene voto preferente, usted, además de marcar el logo del partido o movimiento político debe marcar el número del candidato de su predilección. Si por el contrario, la lista es de voto no preferente, usted únicamente debe marcar el logo del partido o movimiento político por el que desea votar.

Paso 4: Usted también puede optar por el voto en blanco. Para ello debe marcar la casilla que dice “voto en blanco” ubicada al lado derecho de la tarjeta electoral.



¿Cuándo se anula el voto?

Los votos se anulan en los siguientes cinco casos:

1. Se marca más de una casilla de partido o movimiento político

2. Cuando la marcación no permite identificar con precisión la intención del voto del ciudadano.

3. Cuando la marcación no permite determinar de manera clara a favor de qué partido o movimiento político se votó.

4. Cuando el elector señala el número de un candidato pero omite marcar el logo de un partido o movimiento político.

5. Cuando el elector marca más de una casilla en blanco

Los ciudadanos podrán conocer el puesto y mesa de votación en la que pueden sufragar digitando el número de la cédula de ciudadanía en la página Web www.registraduria.gov.co. Sólo se podrá votar en el último lugar donde inscribió el documento de identidad.

viernes, 12 de marzo de 2010

Entidades de salud cuentan con recursos e insumos para controlar el vector transmisor del dengue

El Ministerio de la Protección Social está en proceso de compra de 55।100 litros de insecticida. Se han confirmado 22 fallecimientos como consecuencia de la enfermedad.

Bogotá, 12 de marzo de 2010।- El Director del Instituto Nacional de Salud, Juan Gonzalo López Casas, dijo hoy que el Gobierno Nacional ha enviado los recursos necesarios para que las entidades territoriales de salud cuenten con los insumos y personal necesario para adelantar las acciones que permitan el control del mosquito Aedes Aegypti, vector transmisor del dengue।

“Además de los recursos económicos, las secretarias departamentales han recibido insecticidas, asesoría técnica, protocolos y guías de atención y manejo que son herramientas útiles que deben aplicar para evitar la propagación del la enfermedad” señaló López Casas

Agregó que pese a estas ayudas, continúa el incremento en el número de casos de dengue y dengue grave por lo que en los sitios donde se está presentando esta situación, se deben revisar los planes de contingencia, duplicar esfuerzos y ejecutar lo más pronto posible los recursos que se les han asignado.

Departamentos hacen balance

Como parte del seguimiento que el Ministerio de la Protección Social viene haciendo a las entidades territoriales, se solicitó a las secretarias departamentales de salud un inventario de los insumos con los que cuentan y las adquisiciones que van a hacer durante el presente año.

Del total de los departamentos, el 63% envió sus reportes: Antioquia, Arauca, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Cauca, Cesar, Córdoba, Guainía, Guaviare, Huila, Norte de Santander, Risaralda, San Andrés, Santander, Sucre, Tolima, Valle, Vichada y el Distrito de Santa Marta.

A la fecha no han enviado esta información: Amazonas, Barranquilla, Cartagena, Casanare, Chocó, Cundinamarca, La Guajira, Magdalena, Meta, Nariño, Putumayo, Quindío y Vaupés.

Con estos datos se pudo establecer que en cuanto a insecticidas para matar el Aedes
Aegypti, mosquito transmisor de la enfermedad, las secretarias de salud cuentan con 12.400 litros y tienen proyectado comprar 32.980 litros más.

Con relación a larvicidas (para matar las larvas del vector transmisor) las entidades territoriales tienen 8.132 kilos y está programado adquirir 40.792 kilos más.

Además cuentan con 26.116 unidades de repelente y está programada la compra de 27.206 unidades más.

Por su parte, el Ministerio de la Protección Social, tiene en proceso de compra 55.100 litros de insecticida.

Reunión con Secretarios de Salud

Con la participación de los secretarios departamentales de salud y coordinadores de vigilancia en salud pública departamentales y municipales, del 2 al 4 de marzo se llevó a cabo en Bogotá, la primera reunión nacional de vigilancia y control en salud pública 2010.

Durante el encuentro, uno de los temas priorizados y trabajados fue dengue donde se presentó la situación nacional y se ratificaron los lineamientos técnicos para la vigilancia y control de esta enfermedad durante el presente año.

En el taller se hizo seguimiento a la ejecución de planes de contingencia para control de brote de dengue en los niveles locales, se revisó la incorporación de presupuesto para acciones de prevención y control vectorial con el fin de garantizar la ejecución adecuada de las acciones propuestas en el plan para cortar la transmisión de la enfermedad en compañía de la Superintendencia Nacional de Salud.

Situación actual

Según el informe de las Secretarías Departamentales de Salud, hasta el 4 de marzo de 2010 se reportaron al Instituto Nacional de Salud 25.388 casos de dengue.

En cuanto a fallecimientos como consecuencia de la enfermedad, se han confirmado 22 muertes, 15 se encuentran en estudio

Entrada destacada

REFUERZAN ACCIONES DE PREVENCIÓN EN LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE IBAGUÉ

  Jornada integral para la protección de la niñez, el turismo responsable y el control migratorio. En un trabajo articulado, unidades de...