jueves, 14 de marzo de 2019

En el 2026, el río Bogotá estaría totalmente descontaminado.



  • Los recursos del departamento destinados para este propósito son de, aproximadamente, $80 mil millones.

En el marco del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional (CAR), fueron aprobados los recursos para la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) Canoas, que tendrá una inversión de más de 4 billones de pesos; en la que el Distrito aportará 3 billones, la CAR 1.5 billones y la Gobernación de Cundinamarca, aproximadamente, 80 mil millones de pesos.

Con la aprobación de las vigencias futuras por parte del consejo directivo de la CAR, en el que participaron el Alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa; el Director de la CAR, Néstor Franco; el Secretario del Ambiente de Cundinamarca, Eduardo Contreras y demás consejeros, esta obra se convierte en la tercera más grande de Latinoamérica en lo que respecta al saneamiento básico.

 “Este proyecto junto a la ampliación de la Ptar -Salitre y la construcción de las demás Ptar´s de los municipios de la cuenca del río Bogotá, van a lograr que en el año 2026 podamos tener un río totalmente descontaminado”, señaló Eduardo Contreras Ramírez, Secretario del Ambiente de Cundinamarca.

La Planta de Tratamiento de Aguas Residuales -PTAR Canoas es un proyecto de gran importancia para la ciudad de Bogotá, teniendo en cuenta que beneficiará a más de 14 municipios desde Soacha hasta Girardot y además, garantizará que las aguas residuales, generadas por 8,5 millones de habitantes de Bogotá sean tratadas de manera adecuada antes de entrar al río Bogotá y discurrir por su cuenca baja hasta el río Magdalena, permitiendo el tratamiento del 100% de las aguas residuales de Soacha y el 70% de las de Bogotá.

El caudal medio de tratamiento de la PTAR -Canoas será de 16 m3/s, lo que la convierte en la planta de tratamiento de aguas residuales más grande de Colombia y el número 12 del mundo.



miércoles, 13 de marzo de 2019

ALCALDE DE PURIFICACIÓN - TOLIMA RENOVARA LA VÍAS EN SU MUNICIPIO


Fiscalía alerta a la comunidad en Ibagué sobre información falsa relacionada con recuperación y chatarrización de motos


La Fiscalía General de la Nación, Seccional Tolima, advierte a la ciudadanía que es falsa la información difundida en diferentes redes sociales, sobre la recuperación de 80 motocicletas, cuyos dueños podrán reclamarlas en 15 días o de lo contrario serán chatarrizadas.

Se informa a la opinión pública que el ente acusador no procede de esta manera y que esas labores de chatarrización son propias de otras instituciones, por lo que hace un llamado a la comunidad para que no se deje engañar.

Judicializada mujer por intentar ingresar droga en partes íntimas a la cárcel de Picaleña en Ibagué.


Ante el Juzgado 6° Penal Municipal, con funciones de control de garantías de Ibagué (Tolima), la Fiscalía imputó cargos a July Amparo Álvarez Trejos, por presuntamente haber intentado ingresar en sus genitales casi 80 gramos de marihuana a la cárcel Coiba Picaleña de esa ciudad, donde fue descubierta por el binomio canino del Inpec.

Según la Fiscalía, la joven se disponía a visitar a un interno, pero al ser detectada por las autoridades carcelarias entregó de manera voluntaria la sustancia.

La procesada no aceptó los cargos de tráfico, fabricación y porte de estupefacientes, y fue privada de la libertad en el mismo centro carcelario.

El ente investigador evidenció que la mujer de 29 años cuenta con anotaciones por el mismo delito, luego de intentar bajo la misma modalidad entrar sustancia alucinógena a un centro carcelario de Manizales (Caldas).

Por homicidio del presidente de una junta de acción comunal en Chaparral (Tolima), un hombre fue enviado a la cárcel


Medida de aseguramiento en centro de reclusión le fue impuesta a Milton Bustamante Betancourth, por los punibles de homicidio agravado y  fabricación, tráfico y porte de armas de fuego.

La víctima, Juan Manuel Méndez Pérez de 30 años, el pasado 5 de marzo, recibió un impacto de arma de fuego en el rostro durante un hecho de intolerancia, en Chaparral (Tolima).

En la investigación se indica que la víctima, quien se desempeñaba como presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda La Holanda, corregimiento El Limón de Chaparral, sostuvo una acalorada discusión con el procesado, porque el líder le reclamó por haber agredido a un perro. El presunto agresor desenfundó un arma de fuego y le disparó, causando de inmediato su muerte.

El investigado de 39 años fue detenido por funcionarios del CTI en coordinación con miembros del Ejército Nacional en el barrio La Loma de ese municipio tolimense, por orden del Juzgado 7° Penal Municipal, con funciones de control de garantías de Ibagué.

Pagará 7 años de cárcel por violencia intrafamiliar agravada y porte de armas de fuego contra una enfermera


En virtud de un preacuerdo, la Fiscalía logró la condena de 7 años y 6 meses de prisión contra Yeison Alexánder Morales, quien el 28 de octubre del año pasado disparó en contra de la vivienda de su ex compañera sentimental.

El hombre purgará la condena como responsable de los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego en concurso con violencia intrafamiliar agravada.

La mujer había sostenido una relación de 10 meses con el procesado, pero debido a los malos tratos decidió terminar su relación con él, lo que habría sido el detonante para el ataque.

El día de los hechos

Sin importar la presencia de una abuela de 76 años y de una niña de 3 años, hija de la víctima; el hombre desenfundó una de dos armas de fuego que llevaba en el cinto, y disparó en contra de la vivienda en donde se encontraban ellas en compañía de su exnovia.

Este hecho ocurrió en el barrio Las Brisas de Ibagué (Tolima), cuando según conoció la Fiscalía, el procesado en estado de alicoramiento y presuntamente drogado, se presentó en dos oportunidades en la casa de su expareja de 20 años.

Primero lo hizo temprano en la mañana: le tocaba la ventana de su cuarto con el fin de que saliera de la casa, pero ella se negaba al verlo tomado y agresivo.

Posteriormente, cerca de la 1:30 de la tarde, se presentó nuevamente, esta vez con dos revólveres en su cintura los cuales le enseñó en señal de amenaza, por lo que la joven atemorizada se escondió con ellas al ver que desenfundó una de las armas con la cual hizo varios disparos contra el inmueble.

Pese a que nadie resultó herido de gravedad, una de las balas rozó el tobillo de la abuelita de la joven víctima quien es enfermera de profesión.

Gracias a la intervención de la comunidad y de las autoridades, se logró detener al joven de 29 años cuando intentaba huir.

Sobre la objeción a la JEP, Procurador General dice: La Constitución de Colombia se respeta.


  • La objeción al proyecto de ley estatutaria de la JEP “abre un debate político inoportuno e inútil y desconoce el rol de la Corte Constitucional”.

 “Genera un enfrentamiento innecesario entre los poderes públicos y abre espacio a la inseguridad jurídica sobre el cumplimiento de los compromisos del acuerdo final”.

“Debe haber una salida institucional ante esta encrucijada”.

“La procedencia o no de las objeciones es un asunto constitucional”.

“En la defensa de nuestro Estado de Derecho no debe haber vencedores ni vencidos y el Presidente de la República debe asumir más que nunca el papel de propiciar la unidad nacional y no una ruptura más de impredecibles consecuencias”.

El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, advirtió que objetar el proyecto de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) “abre un debate político inoportuno e inútil y desconoce el rol de la Corte Constitucional”, y agregó que la ruta propuesta por el Presidente Iván Duque Márquez, conduce a “agudizar la fractura política en la que se encuentra Colombia”. 

“La Constitución de Colombia se respeta”, advirtió e jefe del Ministerio Público al instalar el conversatorio Crisis de la justicia y legitimidad del Estado Social de Derecho “Homenaje a la jurisprudencia de María Victoria Calle”. 

En su intervención el Procurador enumeró en 10 puntos sus argumentos según los cuales las objeciones presidenciales a la JEP agudizan la fractura política que vive el país, ponen en alto riesgo la institucionalidad, generan un enfrentamiento innecesario entre los poderes, y abren espacio a la inseguridad jurídica. 

“A situaciones excepcionales, salidas excepcionales pero institucionales”, sostuvo Carrillo Flórez al hacer un llamado al Jefe de Estado a generar consensos y a no perder la oportunidad de ser el adalid de un gran pacto en el que participen las fuerzas vivas, las víctimas, los partidos, donde se “construya una agenda inmediata de ajustes y modificaciones a la JEP, si ello es necesario”.

Estos fueron los 10 puntos manifestados por el Procurador en su intervención:  

1. El tema ya no es improcedencia de la formulación de objeciones, sino la intangibilidad de decisiones de la justicia. Aquí media una decisión sobre un proyecto de ley estatutaria en ejercicio de un control previo, único y exclusivo. Hay cosa juzgada constitucional. 

2. Soslayar el cumplimiento del principio de respeto a decisiones autónomas de la justicia, pone en alto riesgo la institucionalidad de Colombia como Estado de Derecho, respetuoso de la separación de poderes y de la independencia del poder judicial.   

3. Genera un enfrentamiento innecesario entre los poderes públicos y abre espacio a inseguridad jurídica sobre el cumplimiento de los compromisos del acuerdo final.

4. Abre un debate político inoportuno e inútil desconociendo abiertamente el rol de la Corte Constitucional cuando ella será quien termine de todas maneras resolviendo este problema. La ruta propuesta por el Presidente conduce a agudizar la fractura política en la que se encuentra Colombia.
  
5. Otro asunto diferente es la forma como opera la JEP y el alcance de sus decisiones, por ejemplo, en materia de solicitudes de garantía de no extradición o de amparo de la justicia transicional SIN derecho a ello. A todo esto, la Procuraduría se ha opuesto sistemáticamente como parte procesal independiente y defensora de los derechos de las víctimas.

6. Levantar la voz en defensa del orden jurídico y de la institucionalidad es nuestra obligación como Ministerio Público y no permitiremos que se confunda nuestra actuación con la defensa a ultranza de nadie o bajo el sofisma de hacerle juego a la impunidad reconociendo que se requieren ajustes la operación de la JEP, sin acudir a abrirle un herida tan profunda a la institucionalidad democrática. 

7. La decisión del Presidente genera el gran debate que viene es: si el Congreso debe dar trámite a esas objeciones o no, por ello la PGN cree que debe haber una salida institucional ante esta encrucijada. 

Esta es la propuesta de la PGN: Apelando al Art. 168 de la C.P y el 201 del Reglamento del Congreso (Ley 5/92) si el Presidente del Senado no sanciona el proyecto, la Mesa Directiva del Congreso, antes de avocar el estudio de la ley estatutaria puede remitir el expediente a la Corte Constitucional, en una solicitud de aclaración al fallo, pues la Corte Constitucional no ha perdido facultades para hacer seguimiento al cumplimiento del fallo. 

- La procedencia o no de las objeciones es un asunto constitucional.
- Qué mejor que sea órgano de cierre quien zanje esta discusión. 
- Ahorraría tiempo y debates cuando en últimas si se aceptan objeciones, deben ir de nuevo a la corte constitucional.
- Evitar una discusión interminable que nos dejaría en un vacío institucional.

8. El Presidente ha dicho que quiere ser adalid de pactos y grandes acuerdos. No pierda esta oportunidad de hacerlo. 

- Genere consensos, es la hora de atender otras posturas.
- Convoque las fuerzas vivas del país y en diálogo político con los partidos y social – con víctimas- construya una agenda inmediata de ajustes y modificaciones a la JEP, si ello es necesario.
- producto de este consenso acuda a declaratoria de urgencia y tramite los ajustes constitucionales por la vía de una reforma constitucional.
- En ese gran acuerdo sobre las mejoras que requiere la JEP y lo acompañará todo el país, con la PGN a la cabeza. 

9. El Ministerio Público, como sujeto procesal dentro de la JEP, reitera su compromiso con las víctimas y su disposición de oír todas las voces ciudadanas para cumplir con su obligación ante la JEP.

Con reforma o sin reforma seguimos convencidos de que un delito sexual contra un menor no puede ser entendido como vinculado al conflicto y debe ser sancionado por la jurisdicción ordinaria.  

10. Si algo ha diferenciado a Colombia en el contexto latinoamericano ha sido su apego irrestricto al respeto por las instituciones. encontremos la salida institucional entre todos.

En la defensa de nuestro Estado de Derecho no debe haber vencedores ni vencidos y el Presidente de la República debe asumir más que nunca el papel de propiciar la unidad nacional y no una ruptura más de impredecibles consecuencias.

Así honraremos el legado que nos ha dejado María Victoria Calle y tantos otros que han luchado por la vigencia de la Constitución Política de 1991.

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