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sábado, 26 de septiembre de 2009

Subsidio al desempleo

Si usted está desempleado, es cabeza de hogar con personas a cargo y estuvo afiliado a una Caja de Compensación o EPS contáctenos al 3 077001 (digite la opción 4 del menú para recibir información adicional).


¿Qué es el subsidio al desempleo?
Es un recurso destinado a mejorar las condiciones de vida de la población desempleada cabeza de hogar a través de la entrega de subsidios destinados a cubrir necesidades en aspectos tales como alimentación, educación y salud.
Sus recursos son parte del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección del Desempleo (FONEDE) creado mediante la Ley 789 de 2002.

Actualmente está determinado un monto equivalente a un salario y medio mínimo legal mensual vigente ($745.350), el cual se dividirá y otorgará en seis cuotas mensuales iguales ($124.225), que podrán hacerse efectivas a través de aportes al sistema de salud, bonos alimenticios y/o educación, según la elección que haga el beneficiario.

El Gobierno Nacional determinó que el subsidio está destinado a los jefes cabeza de hogar desempleados que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación durante doce meses continuos o discontinuos dentro de los tres años anteriores a la fecha de solicitud de dicho subsidio.
Los jefes cabeza de hogar desempleados sin vinculación anterior a las Cajas de Compensación también pueden solicitar el subsidio al desempleo, pero se dará prioridad a los deportistas, escritores o artistas.
Se considera jefe cabeza de hogar desempleado a la persona que demuestre haber sido afiliada anteriormente (como cotizante y no como beneficiario) a una EPS o a una Caja de Compensación, con personas a cargo y que al momento de recibir el subsidio al desempleo no se encuentre afiliada ni a una EPS, ni a una Caja de Compensación, como cotizante o como beneficiario (parágrafo 5, artículo 13, Ley 789/2002)

REQUISITOS

Desempleados con vinculación anterior a cualquier Caja de Compensación:
Ser Jefe Cabeza de Hogar desempleado y con personas a cargo (hijos, padres o cónyuge).
No estar afiliado a ninguna EPS ni Caja de Compensación ni como cotizante ni como beneficiario.
Haber estado afiliado a alguna Caja de Compensación, mínimo 12 meses continuos o discontinuos, dentro de los 3 años anteriores a la postulación.
No tener contrato de trabajo vigente.
Carecer de ingreso económico (ni el postulante ni las personas a cargo).

DOCUMENTOS
Formulario debidamente diligenciado y firmado (se entrega en forma personal sin ningún costo ni intermediación en la calle 69 No 8-25 o en la Avenida 68 No. 49 A 47 Sede Empresarial Piso 2 Torre C.
Carta, decreto o resolución de entidad pública o privada donde conste la causal de terminación del contrato de trabajo.
Para artistas, escritores o deportistas: certificación de vinculación a asociación de artistas, deportistas o escritores en caso de ser agremiado; de lo contrario, declaración juramentada rendida por dos testigos que acrediten dicha condición.

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