jueves, 1 de febrero de 2018

Procuraduría sanciona a 13 Concejales de Facatativá


La Procuraduría General de la Nación impuso sanción de suspensión por el término de 10 meses a Mauricio Enciso Barahona, actual concejal de Facatativá y a 12 exconcejales por omisión de sus deberes e irregularidades en la aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial – POT.

Los exconcejales sancionados en el fallo de primera instancia son: Luís Carlos Casas Alvarado, Carmen Chaves Velosa, Alba Rocío García Gómez, Álvaro Cortés Torrejano; José Ricardo Bermúdez Cárdenas, Pablo Evaristo Bernal Murillo, Víctor Hugo Calderón Duque, Jorge Armando Díaz Soa, Angélica del Pilar Fernández Acero, Fabio David Moreno Acosta, Rubén Rodríguez Martínez y Harry Alejandro Sarasty, y desempeñaron funciones en el periodo 2008-2011.

La Procuraduría Provincial de Facatativá estableció que los funcionarios omitieron sus deberes y la normatividad vigente, Ley 388 de 1997 y la 507 de 1999, al no garantizar la participación de los diferentes actores sociales del municipio y convocar un cabildo abierto, previo al debate y aprobación del acuerdo No. 009 de agosto 31 de 2011, con el que se ajustó y modificó de forma excepcional el POT del municipio.

Este hecho desencadenó la suspensión del acuerdo por parte del Consejo de Estado y posteriormente, la nulidad del referido acuerdo, en primera instancia, por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, generando, que a la fecha, Facatativá no cuente con un Plan de Ordenamiento Territorial ajustado a las actuales condiciones y necesidades del Municipio, encontrándose vigente el plan de ordenamiento territorial de 2002, lo que incide en un correcto, debido desarrollo y crecimiento del ente local .

La Procuraduría determinó la falta disciplinaria como grave, con culpa gravísima. Teniendo en cuenta que los exconcejales no se encuentran ejerciendo el cargo, se ordenó realizar la conversión de la sanción de suspensión en salarios de acuerdo al monto devengado para el momento de la comisión de la falta, sin perjuicio de la inhabilidad especial por el mismo término de la sanción.

Procuraduría rechaza por improcedente conciliación por $1.5 billones planteada por Miguel Nule


La Procuraduría General de la Nación inadmitió por improcedentes las pretensiones de Miguel Nule para demandar a la Nación, y desestimó la conciliación por $1,5 billones de pesos que reclamaba como reparación por los supuestos perjuicios derivados por un presunto incumplimiento de los preacuerdos pactados con la Fiscalía General de la Nación.

El Procuraduría a través del Procurador 137 Judicial II Administrativo determinó inviable la solicitud porque los términos al momento de presentarla habían caducado.

También identificó inexactitudes en la estructuración de un supuesto daño, sobre el que no procede ninguna de las acciones previstas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).

Para la Procuraduría, en los procesos contractuales quienes actúan con dolo no pueden en ningún caso solicitar reparaciones o perjuicios, tal como lo prevé el artículo 1525 del Código Civil.

La conciliación fue presentada como parte del procedimiento establecido en la ley, requisito previo para entablar una demanda contra el Estado. Esta figura le ha permitido a la Nación ahorrar tiempo y recursos en el estudio de reclamaciones jurídicamente inviables.

Con este pronunciamiento el Ministerio Público reafirma las acciones que hoy se emprenden en la entidad para evitar que los corruptos cuenten con privilegios o prerrogativas:

Demandas para la defensa del patrimonio público y la prestación eficiente de servicios (acciones populares como en los casos de ODEBRECHT, MEDIMAS y URBANISMO ILEGAL EN CARTAGENA).
  1. Hacer efectivas las acciones de repetición a los servidores que han sido corruptos y han generado daño al Estado, para repararlo con su patrimonio personal.
  2. Intervenir en la defensa del patrimonio público y el debido proceso cuando se pretenda interferir las acciones de las Contralorías con demandas infundadas.
  3. Promover ante la Fiscalía acciones de extinción de dominio.
  4. Debilitar carteles y grupos empresariales corruptos, con medidas de levantamiento del velo corporativo, para la responsabilidad de todos sus socios y administradores.
  5. Impulsar demandas por violación del principio de la libre competencia, en virtud de las cuales la Superintendencia de Industria y Comercio adopte acciones inmediatas.
  6. Promover y coordinar mesas sectoriales para asegurar la no repetición de conductas indebidas, como es la mesa interinstitucional para el sector transporte.
  7. En los Tribunales de Arbitramento precaver a los árbitros de aquellos contratos que fueron negociados, adjudicados o modificados por mandatarios o funcionarios condenados por actos de corrupción.
  8. Defender la reparación del Estado como víctima en los procesos penales.
  9. Articular acciones con otros organismos de control y con la justicia para evitar que el paso del tiempo y la falta de información, sobre los resultados de las investigaciones, abran espacio a demandas absolutamente infundadas.
  10. Promover dentro de los procesos penales mayores controles, ante acuerdos y negociaciones por delitos que atentan contra el patrimonio y la moralidad pública.
  11. Solicitud de suspensión de contratos cuando pueda existir grave riesgo de afectación al patrimonio público.

Destitución e inhabilidad contra presidente del Concejo de Villavicencio, Meta


La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por diez años a Carlos Alberto Carreño Pedraza, presidente del Concejo Municipal de Villavicencio, Meta, para el año 2016, por desconocimiento de los principios que rigen la contratación estatal en el proceso de selección del contralor municipal.

Se evidenció que el disciplinado incluyó en el estudio previo y en la invitación pública 002 de 2016 que el oferente podía ser una persona natural, transgrediendo el Acuerdo 276/15 y la Resolución 032/15 según los cuales la contratación debía realizarse con instituciones universitarias o entidades especializadas en procesos de selección de personal, condiciones que no reunía la firma contratista “Gestión Organizacional”.

Asimismo, la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal demostró que el operador incumplió los requisitos plasmados en los estudios previos, en lo referente al perfil de los abogados que conformarían el equipo de trabajo, ni tampoco acreditó la experiencia específica de dos años establecida contractualmente.

El ente de control calificó de manera definitiva la falta de Carreño Pedraza como gravísima cometida a título de culpa gravísima por violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento.

En la misma decisión disciplinaria se absolvió a Fabián Alberto Bobadilla Piedrahita y Daruin Castellanos Romero, en sus calidades de primer y segundo vicepresidente del Concejo de Villavicencio para el año 2016, por cuanto no se probó que tuvieran la obligación de vigilar las actuaciones del presidente de la corporación

miércoles, 31 de enero de 2018

ICA e Invima aclaran medidas de prevención relacionadas a la presencia de la enfermedad de Newcastle en Cundinamarca


De acuerdo a lo establecido por la Resolución 00018636 del 28 de diciembre de 2017, emitida por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en la cual se “declara el Estado de Emergencia Sanitaria en el Departamento de Cundinamarca por la presencia de la enfermedad de Newcastle de Alta virulencia” y a los lineamientos No. 01 y 02 del 2018 emitidos por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), se permiten informar a la opinión pública:
  • El consumo de huevo, pollo y productos cárnicos comestibles derivados de aves de corral norepresenta ningún riesgo sobre la salud de las personas, ya que la enfermedad de Newcastleno se transmite por esta vía.
  • La enfermedad de Newcastle, en algunos casos muy aislados puede producir una irritació local leve en las vías respiratorias superiores y la conjuntiva de los seres humanos, esto estárelacionado principalmente con malas prácticas de manipulación (sin tapabocas, sin guantes,sin gafas ni ropas de protección) durante actividades de vacunación con biológico a virus vivo odurante el estrecho contacto prolongado con aves enfermas.
  • El Invima como autoridad sanitaria en plantas de beneficio (mataderos), continuará verificando las condiciones en que las aves llegan de las granjas donde se detectó la enfermedad con el fin de reportar al ICA signos compatibles con la enfermedad de Newcastle para la vigilancia epidemiológica de la enfermedad.

El ICA y el Invima recomiendan a los consumidores adquirir siempre la carne y los productos cárnicos comestibles en establecimientos que autorizados, que provengan de plantas de beneficio animal,desposte y desprese aprobadas por el Invima, las cuales pueden ser consultadas aquí o en la sección carne de página web del Instituto.

En Ibagué más de 1.100 mesas estarán habilitadas para elecciones legislativas del 11 de marzo


Un total de 1.138 mesas de votación estarán habilitadas en Ibagué para las elecciones al Senado de la República y la Cámara de Representantes que se llevarán a cabo el próximo 11 de marzo.

Así lo determinó la comisión de seguimiento electoral, en la cual participaron autoridades como la Procuraduría, Registraduría, Contraloría, Alcaldía de Ibagué, Policía Metropolitana, Ejército nacional, entre otras.

“Para estos comicios, en la ciudad habrá 7.451 jurados de votación, el 10 % de ellos serán remanentes. Para asignar los jurados, la Registraduría utilizó un ‘software’ que definió los puestos de votación”, aseguró Marco Emilio Hincapié, secretario de Gobierno.

A partir de este jueves 1 de febrero los ciudadanos podrán consultar en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil si fueron escogidos para ser jurados de votación, así como la mesa respectiva. http://consultajurados.procesoselectorales.com/

Hincapié reiteró que, debido a que las instituciones Diego Fallon y Darío Echandía serán demolidas para construir nuevas infraestructuras educativas, los ciudadanos deberán trasladarse hasta los colegios Tolimense y San Pedro Alejandrino, respectivamente, para ejercer su derecho al voto.

“Es importante mencionar que siguen abiertas las inscripciones de cédulas para cambio de puestos de votación en las elecciones para Presidencia de la República”.

La próxima comisión de seguimiento electoral se realizará el 20 de febrero. Allí se ultimarán detalles para garantizar la transparencia en el proceso electoral.

Barras del Atlético Nacional no podrán ingresar al estadio Murillo Toro este domingo


La Comisión Local de Fútbol determinó que las barras “Los del sur” y “Nación verdolaga” no podrán ingresar al estadio Manuel Murillo Toro este domingo 4 de febrero para el partido entre el Deportes Tolima y el Atlético Nacional de Medellín.

“Los hinchas del Atlético Nacional tienen una sanción de tres fechas por hechos vandálicos ocurridos en el año 2016. Por ese motivo, este domingo no estará permitido el ingreso al Estadio de las barras organizadas del equipo visitante”, afirmó Marco Emilio Hincapié, secretario de Gobierno.

El partido entre el Deportes Tolima y el Atlético Nacional iniciará a las 5:15 de la tarde, y corresponde a la primera fecha de la Liga Águila I 2018.

“Tendremos 800 efectivos de la Policía Nacional y 3 unidades del Escuadrón Móvil Antidisturbios. Las puertas del escenario deportivo estarán abiertas a partir de las 2:00 de la tarde”, agregó.

La Comisión Local de Fútbol estableció las siguientes restricciones para el ingreso a cada tribuna del Estadio:

· Occidental y oriental: niños mayores de 5 años

· Lateral sur: mayores de 14 años

· Nororiental (tribuna familiar): mayores de 5 años.

· Noroccidental: mayores de 18 años

Los aficionados del Deportes Tolima que entren a la tribuna sur no podrán ingresar correas, monedas o cualquier otro elemento de metal.

Cabe aclarar que los aficionados del Atlético Nacional que no pertenezcan a las mencionadas barras sí podrán ingresar al estadio Manuel Murillo Toro

SECUESTRADA AERONAVE EN AEROPUERTO DE AGUACHICA CESAR.


A las 9:20 de la mañana  de hoy 31 de Enero, la aeronave de la empresa AeroGalán, tipo Pipper PA-34 con matrícula HK3945, fue objeto de un acto de interferencia ilícita (apoderamiento de aeronave) en la cabecera de la pista (3.0) del Aeropuerto Hacaritama de Aguachica, Cesar, por hombres armados.

La aeronave que cubría la ruta Bucaramanga – Aguachica fue contratada por la empresa Prosegur para el transporte de valores, llevaba tres tripulantes (piloto, copiloto y guarda de seguridad) quienes se encuentran ilesos en Aguachica.

La aeronave despegó de Bucaramanga a las 8:37 de la mañana, aterrizó en Aguachica a las 9:05 de la mañana y tras el acto de interferencia ilícita volvió a despegar siendo tripulada por estos hombres armados.

En este momento las autoridades competentes se encuentran verificando la ubicación final de dicha aeronave.

La Aeronáutica Civil activó el Puesto Mando Unificado con el fin de garantizar la seguridad aérea del aeropuerto de Aguachica, que atiende solo vuelos de aviación general, para lo cual restringió temporalmente los aterrizajes y despegues desde y hacia ese destino.

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