jueves, 22 de octubre de 2009

Procuraduría pide al Consejo de Estado declare responsabilidad del ICBF en caso de menor parapléjico

Bogotá, 22 de octubre de 2009. En un concepto presentado ante la Sección Tercera del Consejo de Estado, la Procuraduría General de la Nación solicitó que se declare la responsabilidad del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, por los hechos en los que un menor de 1 año de edad, resultó parapléjico en un accidente mientras permanecía en un hogar comunitario.
Los hechos tuvieron lugar el día 21 de febrero de 2000, en el hogar infantil Las Campanitas, de madres comunitarias adscrito al ICBF, cuando un menor de 1 año 1 mes y 23 días, sufrió graves e irreversibles atrofias cerebrales, tras llevarse a la boca una chupa de pegar en la pared que le impidió el paso de oxígeno al cerebro.
Para el Procurador Quinto Delegado ante el Consejo de Estado, Wilson Ruíz Orejuela, los hogares comunitarios dependen administrativa, operacional y financieramente del ICBF y desarrollan gran parte de los objetivos institucionales del Sistema de Bienestar Familiar, considerado un servicio público a cargo del Estado, “es decir cumplen una función pública que se concreta en la protección de la niñez colombiana.”
Consideró que la falla en el servicio consistió en que la persona encargada de la guardería no vigiló adecuadamente al menor, permitiendo que se introdujera un cuerpo extraño en la boca que afectó notablemente su estado de salud, por cuanto presentó una pérdida de su capacidad en un 94,50 por ciento.
En su opinión, hubo omisión de la entidad demandada en el cumplimiento del deber legal y constitucional de garantizar las condiciones necesarias de seguridad encaminadas a proteger la vida e integridad de los infantes.
La responsabilidad del ICBF, a juicio de la Procuraduría, radica en que no se tomaron las medidas de seguridad adecuadas tratándose de niños de muy temprana edad que demandan especial atención y cuidado.
“Se debía garantizar la seguridad del hogar comunitario para darle la tranquilidad a los padres que dejan en estos lugares a sus hijos; lo que deja plenamente demostrado el nexo caudal entre el daño antijurídico soportado y la omisión de la entidad demandada”, concluye el Ministerio Público en el concepto.
Finalmente, el Procurador Delegado solicitó que se incremente el valor derivado como reconocimiento de los perjuicios de 100 a 400 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en consideración a las graves secuelas que debe padecer de por vida el menor
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Servicios amigables en salud para adolescentes

(Bogotá D.C., octubre 22 de 2009). En las instalaciones del Laboratorio de Salud Pública de Cundinamarca, profesionales del sector se preparan para que el programa “Servicios de salud amigables para adolescentes y jóvenes” se implemente con oportunidad y calidad.

El programa que cuenta con una inversión que supera los $270 millones busca que los jóvenes encuentren en las instituciones de salud la asesoría necesaria. Dentro de los temas a tratar está la consulta para adelantar procesos de planificación familiar, prevención de enfermedades de transmisión sexual, cuidado prenatal, atención de parto y aborto, violencia doméstica y sexual contra menores y mujeres.

La presentación que se adelanta a esta hora por parte del director de Salud Pública, Jorge Enrique Martínez Martí, da a conocer la implementación de la propuesta, así como las iniciativas ¿Bebé? Piénsalo bien, así como el programa de Atención Básica en Salud, ABS.

miércoles, 21 de octubre de 2009

OBJETIVO DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL EN COLOMBIA AL CUAL MUCHAS EMPRESAS HACEN CASO OMISO

El principal objetivo en esta área es la determinación de la responsabilidad fiscal, con el fin de recuperar los dineros sustraídos al erario y, en general, buscar el resarcimiento de los daños al patrimonio público.

La principal herramienta con que cuenta el Estado para determinar la responsabilidad fiscal es el proceso de responsabilidad fiscal, a través del cual se procura recuperar los dineros públicos malversados o extraviados como consecuencia de una inadecuada gestión fiscal.

Corresponde a la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva la obligación de dirigir los procesos de responsabilidad fiscal y jurisdicción coactiva que existan como producto del ejercicio de la vigilancia fiscal y de las denuncias presentadas, así como de los informes de otras entidades de control y vigilancia.

Esta misma Contraloría Delegada prepara y publica trimestralmente el Boletín de Responsables Fiscales, que contiene un listado con los nombres de las personas naturales o jurídicas, con su respectiva identificación -cédula de ciudadanía o NIT- que han sido halladas responsables fiscales por la Contraloría General de la República y las Contralorías departamentales, municipales y distritales.

Uso adecuado del tapabocas, ayuda a prevenir contagio de AH1N1

Es recomendable usar tapabocas cuando esté en sitios cerrados con grandes aglomeraciones, por ejemplo transporte público, eventos públicos masivos. Además del uso del tapabocas es necesario tener en cuenta la importancia de aplicar las medidas de higiene personas como el lavado permanente de manos con agua y jabón.

Bogotá, octubre 21 de 2009.- Para mitigar el impacto de la pandemia por el virus de la influenza AH1N1, es necesario reforzar algunas medidas individuales de protección como el uso adecuado del tapabocas. Asimismo, es necesario tener en cuenta la importancia de aplicar las medidas de higiene personal, como son entre otras: el lavado permanente de manos con agua y jabón (puede usar también geles antibacteriales cuando no dispone de agua), al toser o estornudar, protegerse la boca con un pañuelo o con la parte interna del codo, pero nunca con la mano.
Dentro de las recomendaciones de cuidado en casa se incluye implementar medidas de autoaislamiento domiciliario cuando tenga gripa o presente síntomas respiratorios y el uso de tapabocas. A continuación encontrará indicaciones sencillas para hacer un mejor uso del tapabocas cuando lo requiera.¿

Cómo colocar el tapabocas?

1. Lavar las manos antes de ponerlo y después de quitarlo.

2. El tapabocas debe cubrir desde el tabique de la nariz hasta la barbilla, es decir, que cubra completamente nariz y boca.

3. Coloque las tiras elásticas en la parte de atrás de las orejas.

4. Cuando el tapabocas tenga tiras para amarrar, siga estas instrucciones:a. Coloque la primera cinta sujetadora (cinta superior) en la parte superior de la cabeza y amarre. b. Coloque la segunda cinta (inferior) alrededor de la cabeza y posiciónela arriba del cuello y debajo de las orejas y amarre.

5. Coloque los dedos de ambas manos sobre metal en el área de la nariz (tira dura en la parte superior del paño del tapabocas). Moldee el metal alrededor de su nariz mediante el movimiento de los dedos a ambos lados del metal.

6. El tapabocas debe usarse lo más ajustado posible.

7. Se recomienda no estar quitando y poniendo el tapabocas.

8. Cuando tenga gripa, utilice el mismo tapabocas para todo el día; en algunas ocasiones será necesario cambiarlo hasta 2 veces en el mismo día debido a la humedad generada por boca y nariz.

9. Si usted no tiene gripa, pero usa el tapabocas de forma intermitente, por ejemplo, para entrar en espacios cerrados con aglomeración de personas y su estadía es por corto tiempo (transporte público, teatro) puede usar el tapabocas por más de un día; recuerde que puede volver a usarlo siempre y cuando no esté húmedo y/o sucio.

10. Coloque el tapabocas en una bolsa para guardarlo o desecharlo. Nunca se lo quite para guardarlo en un bolsillo o ponerlo sobre la mesa

Procuraduría impulsa control social a la gestión pública

Bogotá, 20 de octubre de 2009. La Procuraduría General de la Nación , en el marco de la alianza institucional creada en virtud de la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas y la promoción del Control Social, participó activamente en los dos encuentros de formadores para el control social a la gestión pública.
Los encuentros se efectuaron con el propósito de ofrecer herramientas conceptuales, jurídicas y metodológicas a los multiplicadores regionales que permitan la asesoría y capacitación a veedurías ciudadanas, grupos de control social y ciudadanos que ejercen el derecho a vigilar la gestión pública.
En los eventos que se llevaron a cabo entre el 25 y 27 de agosto en la ciudad de Bogotá, participaron los delegados de las redes departamentales de Arauca, Amazonas, Bogotá, Boyacá, Cundinamarca, Casanare, La Guajira , Cesar, Guainía, Guaviare, Magdalena, Putumayo, Santander, Norte de Santander, San Andrés y Providencia, Sucre, Vaupés y Vichada, y en el realizado del 1° al 3 de septiembre en la ciudad de Armenia asistieron los delegados de las redes departamentales de Atlántico, Antioquia, Bolívar, cauca, Caldas, Caquetá, Chocó, Córdoba, Huila, Meta, Pasto, Quindío, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca.
El resultado de estos talleres se vio reflejado en la formulación de planes de acción departamentales cuyo objetivo es promover y acompañar el ejercicio del control social por parte de veedurías ciudadanas y grupos de control social. Este año la alianza continuará fortaleciendo las redes departamentales de apoyo a las veedurías ciudadanas a fin de dotarlas de herramientas y metodologías que contribuyan a la articulación de las acciones enfocadas a la promoción y el ejercicio del control social a la gestión pública en Colombia.
Esta gran alianza institucional para el apoyo y fomento de la participación ciudadana y el ejercicio del control social a la gestión pública está integrada, además, por la Contraloría General de la República , el Ministerio del Interior y de Justicia, la Defensoría del Pueblo, el Departamento Administrativo de la Función Pública y la escuela superior de administración pública.

Procuraduría destituye a ex tesorero de Leticia (Amazonas)

Bogotá, 19 de octubre de 2009 . Con destitución del cargo e inhabilidad permanente para ejercer funciones públicas, la Procuraduría General de la Nación sancionó al señor José Mauricio Santodomingo Ramírez, en su calidad de Tesorero de Leticia (Amazonas), para la época de los hechos, por incremento injustificado de su patrimonio con recursos públicos.
Las pruebas señalan que el ex Tesorero incurrió en falta disciplinaria al haber girado cheques para pagar obligaciones que ya habían sido sufragadas, aprovechando la facultad de alimentar el sistema de contabilidad del municipio, función que omitió cumplir para facilitar el giro de segundos cheques, cuando contablemente las obligaciones aparecían como no pagadas.
Teniendo en cuenta que el giro de cheques requería la firma del mandatario local, el señor Santodomingo Ramírez los tramitó en un momento en que el Alcalde se encontraba fuera de Leticia y había designado a otro funcionario en calidad de encargado.
Los hechos investigados ocurrieron en la vigencia del año 2004 y la conducta se cometió con al menos siete giros que sumaron 26 millones 836 mil 966 pesos.
Al proferir la decisión en primera instancia, la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública concluyó que el ex Tesorero derivó un incremento injustificado de su patrimonio a expensas de los recursos públicos del municipio de Leticia, que correspondían a dineros provenientes del Sistema General de Participaciones.
Para el órgano de control la actuación del señor Santodomingo Ramírez fue dolosa y reprochó el evidente daño social ocasionado con su ilícito proceder, por tratarse de recursos destinados a la inversión social de las comunidades indígenas de la entidad territorial.
El Ministerio Público advirtió que contra la decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.

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