sábado, 14 de noviembre de 2009

conductas por las cuales serán investigados funcionarios del Estado durante comicios electorales

Bogotá, 14 de noviembre de 2009. Con ocasión de la realización de los comicios electorales de Congreso de la República, que se llevarán a cabo el 14 de marzo de 2010, se insta a todos los servidores públicos , a dar cumplimiento a las previsiones contenidas en el artículo 38 de la Ley 996 de 2005.
Las prohibiciones consagradas en la norma, que comprenden los cuatro (4) meses anteriores a la realización de las elecciones, comienzan a regir a las 00:00 (a. m.) horas del día 14 de noviembre de 2009 y terminan a las 12:59 p. m del día 14 de marzo de 2010.
En tal sentido, La Comisión Nacional de Asuntos Electorales recuerda que la infracción de alguna de las siguientes prohibiciones constituye falta gravísima.
A los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital, les está prohibido:
1. Celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos (Ver literal c), numeral 4, artículo 2 de la ley 1150 de 2007).
2. Participar, promover y destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, o en las que participen como miembros de sus juntas directivas, en o para reuniones de carácter proselitista.
3. Inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen candidatos al Congreso de la República. Tampoco podrán hacerlo cuando participen voceros de los candidatos.
4. Modificar la nómina del respectivo ente territorial o entidad, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa.
A todos los empleados del estado, les está prohibido:
1. Acosar, presionar, o determinar, en cualquier forma, a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política.
2 . Difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión y de radio o imprenta pública, a excepción de lo autorizado en la ley.
3. Favorecer con promociones, bonificaciones, o ascensos indebidos, a quienes dentro de la entidad a su cargo participan en su misma causa o campaña política, sin perjuicio de los concursos que en condiciones públicas de igualdad e imparcialidad ofrezcan tales posibilidades a los servidores.
4. Ofrecer algún tipo de beneficio directo, particular, inmediato e indebido para los ciudadanos o para las comunidades, mediante obras o actuaciones de la administración pública, con el objeto de influir en la intención de voto.
5. Aducir razones de "buen servicio" para despedir funcionarios de carrera.
Se permite a los servidores públicos :
1. Inscribirse como miembros de sus partidos (Ver Sentencia C-1153 de 2005)
Actividad política de los miembros de las corporaciones públicas :
1. No se aplicarán a los miembros de las corporaciones públicas de elección popular, las limitaciones contenidas en las disposiciones del Título III, Participación en política de los servidores públicos, CAPITULO VIII, Disposiciones varias, de la Ley 996 de 2005.

Cundinamarca en los Juegos Bolivarianos

Bogotá D.C., noviembre 14 de 2009). Del 14 al 24 de noviembre se realizarán en Bolivia, los XVI Juegos Deportivos Bolivarianos.

El certamen deportivo, que se adelanta cada 4 años, entrega 3.037 medallas en 34 deportes que en esta oportunidad tendrán como escenario la ciudad boliviana de Sucre.

Cundinamarca participa con 11 deportistas de élite en 7 deportes del siguiente modo: Camilo Torres y John Alberto Pérez en billar, Andrés Jiménez en Bicicros, Mauricio Estrada en Down Hill, Eduardo Núñez y Raúl Corchuelo en Adiestramiento, Cesar Augusto Torrente y Constanza Jaramillo en Ecuestre, Danilo Caro en Tiro, y Juan Diego Escallón y Adriana García en Vela Deportiva.

Además de Sucre, los Juegos Bolivarianos tendrán como subsedes a Santa Cruz, Cochabamba y Tarija en territorio boliviano, así como Quito, Guayaquil y Salinas en Ecuador, y Lima, la capital peruana.

Reinado de Madres Comunitarias

(Bogotá D.C., noviembre 14 de 2009). Girardot será escenario este 15 de noviembre del Primer Reinado Regional de Madres Comunitarias.

La celebración iniciará con una Alborada que se realizará desde el parque Alto del Bárbula hasta la Plaza de Banderas en el barrio La Esperanza. Posteriormente, se realizará un paseo en el tren turístico el cual partirá a las 10 am desde la estación del ferrocarril. En horas de la tarde a las 3:00 p.m. partirá desde el Sena el desfile de saludo a Girardot que culmina en el Parque de Bolivar a las 5:00 pm.

La velada de elección y coronación se cumplirá a partir de las 6:00 p.m. en el Coliseo Martha Catalina Daniels.

El evento convoca a las madres comunitarias de los hogares de Bienestar Familiar del municipio de Girardot

Avanza convenio para regular transporte público entre Soacha y Bogotá

(Bogotá D.C., noviembre 14 de 2009). El director de Tránsito y Transporte de Cundinamarca, Juan Carlos Saldarriaga, anunció que hasta que todas las partes no firmen el convenio para la regulación de Transporte Público dentro del corredor Bogotá – Soacha, se seguirán realizando los operativos.

Saldarriaga señaló que el convenio quedó suscrito ayer por parte del ministro de Transporte, Andrés Uriel Gallego; por el gobernador de Cundinamarca, Andrés González Díaz; y el secretario de Tránsito y de Movilidad, Juan Fernando Góngora, quedando pendientes las firmas de los alcaldes de Soacha, José Ernesto Martínez, y de Bogotá, Samuel Moreno Rojas.

En este sentido, aseguró el Director de Transporte departamental, es importante explicar y hacer claridad a los taxistas que los operativos continuarán mientras se tienen todas las firmas, al tiempo que los invitó a respetar sus respectivas jurisdicciones. “Lo que hay que hacer es claridad con los taxistas y es que mientras no esté suscrito el convenio por todas las partes, se continuarán realizando los operativos tanto en Soacha como en Bogotá, porque obviamente no podemos permitir la ilegalidad en el transporte en los dos municipios”, declaró.

El convenio establece que el Distrito Capital y el municipio de Soacha, a través de sus autoridades respectivas, organizarán, de común acuerdo, el transporte individual de pasajeros en el corredor Soacha – Bogotá.

En este sentido, estipula que los vehículos de transporte público individual registrados en el Distrito Capital y los 312 enunciados por la autoridad de Tránsito del Municipio de Soacha, podrán prestar el servicio en ambas jurisdicciones sin condición diferente a la atención de las medidas de cada jurisdicción, lo que incluye tener al día todos y cada uno de los documentos que soportan la operación y cumplir con las restricciones existentes y dispositivos de control vigentes.

Igualmente, establece que las operaciones administrativas relacionadas con el Registro de Vehículos y Registro de Tarjetas de Operación de Transporte Público individual matriculados en cada organismo (Bogotá y Soacha) y autorizadas a circular entre ambos municipios, seguirán siendo asumidas directamente por ellos o por cada ente competente. En consecuencia, cada propietario de los 312 vehículos relacionados en Soacha deberán mantener al día los documentos que soportan la operación e instalar el Dispositivo Electrónico de Identificación que ha dispuesto la Secretaría Distrital de Movilidad para el control en vía. En lo atinente a la reposición de vehículos, deberá mantenerse lo establecido por las normas vigentes y en lo que respecta a los matriculados en el municipio de Soacha, será aplicable lo dispuesto por el Decreto 063 de 2009, sobre congelamiento del parque automotor.

Entrada destacada

REFUERZAN ACCIONES DE PREVENCIÓN EN LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE IBAGUÉ

  Jornada integral para la protección de la niñez, el turismo responsable y el control migratorio. En un trabajo articulado, unidades de...