miércoles, 23 de diciembre de 2009

Entrega de regalos para niños de Soacha

(Bogotá D.C., diciembre 22 de 2009). “El amor y el respeto por nuestros niños, por nuestros abuelos, por nuestro padres, deben ser valores y sentimientos que primen en las familias para construir una sociedad más feliz y justa, los invito a vivirlos a diario, pero en especial en estas fiestas de fin de año que son tan importantes para nuestros hogares”.

Este fue el mensaje que el Gobernador Andrés González Díaz y su esposa, Inés Elvira Shuk, llevaron a los habitantes de Soacha ayer durante visita adelantada para entregar regalos a niños de familias de escasos recursos।

Fueron cerca de 1500 regalos obtenidos gracias a donaciones de importantes empresas, los que fueron distribuidos entre niños de los sectores de Ducales, Ciudad Latina, Prado, Las Vegas, Danubio, El Rosal, Barreno, Los Olivos y Tabacal।

Sorprendidos pero sonrientes, los pequeños reflejaron su alegría al ver como sus ilusiones se hacían realidad y llegaban a sus manos las figuras de superheroes como Superman, Batmán, Max Steel, así como Barbie y Hanna Montana, entre otros.

Esta misma actividad se adelantará en los 25 municipios del milenio, con el fin de llevar alegría y esperanza a los niños que viven en condiciones de vulnerabilidad.

Asamblea aprueba presupuesto para 2010

(Bogotá D.C., diciembre 22 de 2009). A un billón quinientos noventa y siete mil doscientos cincuenta y nueve millones seiscientos veintidos mil cuarenta y cuatro pesos ($1.597.259´622.044), asciende el presupuesto del Departamento de Cundinamarca para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, aprobado por la Asamblea Departamental.

De acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza 046 de 2009, se destinaron recursos de inversión por $978.373 millones, mientras que para el servicio a la deuda el monto es de $124.722 millones. Para el nivel descentralizado se aprobaron recursos por $144.150 millones.

Por áreas, Educación contará con recursos propios por $29.343 millones a los que se suman $349.166 millones del Sistema General de Participaciones. Le sigue el sector Salud con una inversión que supera los $231.441 millones y la Secretaría de Ambiente que va a ejecutar recursos por un monto de $59.997 millones.

FACULTAD PARA IMPONER MULTAS

En el derecho privado y en el Estatuto General de la Contratación.

En la vigencia de la Ley 80 de 1993 y antes de la expedición de la Ley 1150 de 2007, el Consejo de Estado no fue uniforme en la jurisprudencia relacionada con la potestad para imponer multas por parte de las Entidades del Estado. En este sentido, el Alto Tribunal de lo Contencioso Administrativo se pronunció en relación con la evolución legal y jurisprudencial de la posibilidad de las Entidades del Estado para imponer multas y, en especial, señaló que no es procedente imponer multas en los contratos que se rigen por el derecho privado.

En la providencia objeto de análisis, se precisó que con la expedición de Ley 1150 de 1993, se encuentra prevista la competencia de la Administración para imponer de manera unilateral multas al contratista, sin que pueda pactarse esta posibilidad en los contratos interadministrativos.

De otra parte, para el Consejo de Estado todos los contratos que celebren los establecimientos de crédito, las compañías de seguros, así sean estas de naturaleza estatal y las entidades financieras estatales, están exentas del régimen previsto en el Estatuto de Contratación Administrativa y por tal motivo, tales entidades se encuentran sometidas al régimen de derecho privado, que impone a las partes del contrato actuar en igualdad de condiciones, sin que alguna de ellas esté investida de potestades que son propias del Estatuto General de la Contratación, así se trate de una entidad del sector público.

INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Excepción de contrato no cumplido.

En los Contratos Estatales la excepción de contrato no cumplido no tiene el mismo alcance que en la contratación entre particulares, por cuanto es necesario armonizar la prevalencia del interés público o la continuidad del servicio público con el interés jurídico del particular, exigiéndose que el incumplimiento imputable a la entidad pública sea grave, serio, determinante, trascendente y de gran significación, de manera que sitúe al contratista en una razonable imposibilidad de cumplir sus obligaciones. En efecto, así lo reiteró el Consejo de Estado en providencia notificada recientemente.

En este sentido, se advirtió que en la acción contractual la parte que pretende exigir la responsabilidad del otro, debe demostrar que, habiendo cumplido por su parte las obligaciones del contrato, su cocontratante no cumplió con las suyas. En la providencia analiza el tema de la caducidad de la acción contractual.

Gobernador de Cundinamarca rechaza asesinato de su homólogo de Caquetá

(Bogotá D.C., diciembre 22 de 2009). El gobernador de Cundinamarca, Andrés González Díaz, rechaza el atroz crimen del que fue objeto su homólogo de Caquetá y amigo, Luis Francisco Cuellar, y expresa sus sentimientos de pesar y solidaridad a su familia y a la comunidad caquetense.

El Mandatario de los cundinamarqueses insta a los colombianos a rodear al Estado y las Instituciones y brindar todo su respaldo a las fuerzas militares y de policía para cerrarle el paso a la insurgencia.

Igualmente, reiteró que el Estado debe utilizar todas las estrategias a su alcance, y una es el poder legítimo de las instituciones y de la ley, la cual tiene que ser absolutamente firme y severa para doblegar a quienes violan la ley y los derechos fundamentales de la sociedad.

sábado, 19 de diciembre de 2009

Cundinamarca matricula vehículos en línea con el Runt

(Bogotá D.C., diciembre 18 de 2009). En las 10 sedes operativas de tránsito de Cundinamarca se pueden adelantar los trámites de matrícula definitiva de vehículos.

Así lo informó el director de Servicios de la Movilidad de Cundinamarca, Juan Carlos Saldarriaga Gaviria, quien señaló que las sedes están conectadas en línea directa con el Runt vía service operando al 100%, siendo Cundinamarca uno de los pocos Departamentos que adelanta este trámite de forma efectiva.

“Los usuarios cuentan con sedes ubicadas cerca a Bogotá para adelantar estos trámites de matrícula definitiva. Así es que los invitamos a que se acerquen a estas sedes que se ubican en La Calera, El Rosal, Mosquera, Soacha, Chocontá, Zipaquirá, Ricaurte, Villeta y Cáqueza, con atención de lunes a viernes de 8 a 5 de la tarde, o en la sede de Cota que atiende de lunes a sábado”, afirmó el Funcionario.

viernes, 18 de diciembre de 2009

Elección de la junta directiva del cuerpo de bomberos

(Bogotá D.C., diciembre 18 de 2009). Convocados por el secretario de Gobierno, Roberto Moya Ángel, los Comandantes de los Cuerpos de Bomberos oficiales y voluntarios en el Departamento, adelantarán hoy la elección de su Junta Directiva departamental.

Para la jornada se reunirán aproximadamente 55 representantes de cuerpos de bomberos legalmente conformados en el Departamento, en las instalaciones de la Unidad para la Prevención del Riesgo y Atención de Emergencias, ubicada en la Carrera 58 No. 10-05, a partir de las 10:00 a.m.

Es de señalar, que la Junta Directiva de las Delegaciones Departamentales de Bomberos estará integrada por el Gobernador del Departamento o su delegado, quien la presidirá; y por siete comandantes de los Cuerpos de Bomberos del Departamento elegidos entre ellos mismos.

Son funciones de la Delegaciones Departamentales de Bomberos, además de las que le asignen la Junta Nacional de Bomberos de Colombia, las siguientes:

a. Representar a los Cuerpos de Bomberos ante los diferentes organismos públicos y privados seccionales, y particularmente ante los Comités Regionales de Atención y Prevención de Desastres.

b. Fortalecer las relaciones de los Cuerpos de Bomberos con las diferentes instancias públicas y privadas.

c. Verificar el cumplimiento por parte de los Cuerpos de Bomberos, de los planes de desarrollo y de tecnificación de los diferentes servicios, así como de las políticas que hayan sido aprobadas por la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.

d. Promover la creación, organización y tecnificación de Cuerpos de Bomberos en todos los Distritos, Municipios y Territorios Indígenas del Departamento.

e. Fomentar la colaboración administrativa y técnica de los Cuerpos de Bomberos del Departamento.

f. Servir de órgano de consulta en el nivel departamental, especialmente para los Comités Regionales de Prevención y Atención de Desastres.

g. Formular planes y programas que tiendan al mejoramiento de los Cuerpos de Bomberos.

h. Expedir su propio reglamento de acuerdo con las disposiciones de la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.

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