Chávez dice que despistó a las autoridades sobre el retorno del depuesto gobernante. “O presidente da Venezuela, Hugo Chávez disse, nesta quarta-feira, que “sabia de tudo” sobre a volta do presidente deposto de Honduras, Manuel Zelaya, ao país, e afirmou ter ajudado a “despistar” as autoridades sobre o paradeiro de Zelaya, enquanto o hondurenho realizava a viagem de retorno a Honduras”. Ya circula que en Brasil es asunto de alto nivel la acusación contra Hugo Chávez de “orquestar” el plan para el retorno a Tegucigalpa de su amigo Zelaya. “Asesores del presidente brasileño Luiz Inácio Lula da Silva y de la Cancillería consultados por el diario “O Estado” de Sao Paulo apuntaron que la “infraestructura, la logística y la orientación para buscar específicamente la embajada brasileña” para el retorno clandestino de Zelaya fue preparada por Chávez”. Por su parte, el ministro de Relaciones Exteriores de Brasil, Celso Amorim niega al depuesto Manuel ‘Mel’ Zelaya que haga uso político desde la embajada brasileña en Honduras. domingo, 27 de septiembre de 2009
CHAVEZ RECONOCE QUE AYUDO A ZELAYA A ENTRARA HONDURAS
Chávez dice que despistó a las autoridades sobre el retorno del depuesto gobernante. “O presidente da Venezuela, Hugo Chávez disse, nesta quarta-feira, que “sabia de tudo” sobre a volta do presidente deposto de Honduras, Manuel Zelaya, ao país, e afirmou ter ajudado a “despistar” as autoridades sobre o paradeiro de Zelaya, enquanto o hondurenho realizava a viagem de retorno a Honduras”. Ya circula que en Brasil es asunto de alto nivel la acusación contra Hugo Chávez de “orquestar” el plan para el retorno a Tegucigalpa de su amigo Zelaya. “Asesores del presidente brasileño Luiz Inácio Lula da Silva y de la Cancillería consultados por el diario “O Estado” de Sao Paulo apuntaron que la “infraestructura, la logística y la orientación para buscar específicamente la embajada brasileña” para el retorno clandestino de Zelaya fue preparada por Chávez”. Por su parte, el ministro de Relaciones Exteriores de Brasil, Celso Amorim niega al depuesto Manuel ‘Mel’ Zelaya que haga uso político desde la embajada brasileña en Honduras. comunicado partido liberal
Bogotá D.C., 26 de septiembre de 2009
Director Nacional
CAPTURAN A PRESUNTO RECLUTADOR VINCULADO CON DESAPARICIONES
Bogota, 26 de septiembre de 2009,Pedro Antonio Gómez Díaz fue capturado hoy, tras rendir diligencia de indagatoria ante un fiscal especializado de Cúcuta, que lo investiga por su presunta responsabilidad en la desaparición de varios jóvenes de Soacha cuyos cadáveres aparecieron en Norte de Santander. El hombre es sindicado de los delitos de homicidio agravado, desaparición forzada y concierto para delinquir. A través de la Estampilla Prodesarrollo Más de$5.000 millones percibirá anualmente Universidad de Cundinamarca
(Bogotá D.C., septiembre 26 de 2009). “Este es un apoyo sin precedentes para la Universidad, en una primera etapa generará cerca de $6.000 millones anuales pero puede ser más porque es creciente año a año”.
Así lo manifestó el gobernador de Cundinamarca, Andrés González Díaz, tras conocer que anoche fue aprobado por parte de la Asamblea de Cundinamarca, en segundo debate, el proyecto de ordenanza presentado mediante el cual se ordena la emisión de la estampilla “Prodesarrollo de la Universidad de Cundinamarca, UDEC”.
De acuerdo al secretario de Hacienda, Mario Martínez, se calcula que se recaudarán anualmente $5.583 millones, proyecciones realizadas con base en los actos y hechos que podrán ser gravados.
El próximo lunes se dará el tercer debate al Proyecto y una vez se adelanten los ajustes presupuestales establecidos por la Ordenanza un mes después comenzaría el recaudo. “Una vez la ordenanza sea aprobada en tercer debate, viene el proceso de sanción, los ajustes y adecuaciones presupuestales que debemos hacer en el Departamento para iniciar el proceso de recaudo”, declaró.
Los dineros recaudados se destinarán exclusivamente a financiar las inversiones de la Universidad en lo que tiene que ver con el mantenimiento, ampliación y modernización de su planta física, infraestructura tecnológica, investigación científica, modernización de un centro de archivo y documental, así como becas académicas y estudiantiles.
El proyecto de ordenanza establece que el 30% del recaudo se destinará para inversión en el mantenimiento, ampliación y modernización de su planta física, futuras ampliaciones y construcciones; otro 30% será para el desarrollo y modernización de la infraestructura tecnológica y de información que permitirá contar con plataforma virtual, comunicaciones, digitalización y educación virtual; un 20% será destinado para la investigación científica; un 5% para modernización y dotación de los laboratorios, otro 5% para modernización y dotación de las bibliotecas y el fondo editorial, otro 5% favorecerá la modernización de un centro de archivo y documental, y el 5% restante se destinará en programa especial de becas académicas y estudiantiles
sábado, 26 de septiembre de 2009
PGN emite concepto sobre inhabilidades de parientes de Concejales y Diputados
Bogotá, 25 de septiembre de 2009. Debido a falta de claridad en la formulación de la demanda de la Ley 1296 de 2009, el Ministerio Público solicitó a la Corte Constitucional declararse inhibida para conocerla de fondo o declarar, subsidiariamente, exequible la norma.
La norma demandada se refiere a las inhabilidades legales relativas a parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil de los diputados y concejales distritales y municipales, para ser contratistas de la respectiva entidad territorial.
Según el actor de la demanda, la citada norma vulnera el régimen constitucional por extralimitación legislativa, porque la Carta Política establece las prohibiciones para ocupar cargos públicos para los parientes de los diputados y concejales sólo en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil.
La Procuraduría indicó que el Congreso de la República expidió la Ley 1296 de 2009 para regular el régimen de inhabilidades contractuales públicas que debe aplicarse a determinados parientes de gobernadores, diputados, alcaldes y concejales para que no puedan ser contratistas de la respectiva entidad territorial, lo cual es muy distinto al marco Constitucional para regular las inhabilidades laborales.
Consideró que la Ley 1296 de 2009 tiene por finalidad garantizar la independencia entre las relaciones de las autoridades regionales y los órganos de elección popular encargados del control político, para evitar que el nepotismo o el aprovechamiento particular del erario público se hagan por vía contractual.
Subsidio al desempleo
Si usted está desempleado, es cabeza de hogar con personas a cargo y estuvo afiliado a una Caja de Compensación o EPS contáctenos al 3 077001 (digite la opción 4 del menú para recibir información adicional).
¿Qué es el subsidio al desempleo?
Es un recurso destinado a mejorar las condiciones de vida de la población desempleada cabeza de hogar a través de la entrega de subsidios destinados a cubrir necesidades en aspectos tales como alimentación, educación y salud.
Sus recursos son parte del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección del Desempleo (FONEDE) creado mediante la Ley 789 de 2002.
Actualmente está determinado un monto equivalente a un salario y medio mínimo legal mensual vigente ($745.350), el cual se dividirá y otorgará en seis cuotas mensuales iguales ($124.225), que podrán hacerse efectivas a través de aportes al sistema de salud, bonos alimenticios y/o educación, según la elección que haga el beneficiario.
El Gobierno Nacional determinó que el subsidio está destinado a los jefes cabeza de hogar desempleados que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación durante doce meses continuos o discontinuos dentro de los tres años anteriores a la fecha de solicitud de dicho subsidio.
Los jefes cabeza de hogar desempleados sin vinculación anterior a las Cajas de Compensación también pueden solicitar el subsidio al desempleo, pero se dará prioridad a los deportistas, escritores o artistas.
Se considera jefe cabeza de hogar desempleado a la persona que demuestre haber sido afiliada anteriormente (como cotizante y no como beneficiario) a una EPS o a una Caja de Compensación, con personas a cargo y que al momento de recibir el subsidio al desempleo no se encuentre afiliada ni a una EPS, ni a una Caja de Compensación, como cotizante o como beneficiario (parágrafo 5, artículo 13, Ley 789/2002)
REQUISITOS
Desempleados con vinculación anterior a cualquier Caja de Compensación:
Ser Jefe Cabeza de Hogar desempleado y con personas a cargo (hijos, padres o cónyuge).
No estar afiliado a ninguna EPS ni Caja de Compensación ni como cotizante ni como beneficiario.
Haber estado afiliado a alguna Caja de Compensación, mínimo 12 meses continuos o discontinuos, dentro de los 3 años anteriores a la postulación.
No tener contrato de trabajo vigente.
Carecer de ingreso económico (ni el postulante ni las personas a cargo).
DOCUMENTOS
Formulario debidamente diligenciado y firmado (se entrega en forma personal sin ningún costo ni intermediación en la calle 69 No 8-25 o en la Avenida 68 No. 49 A 47 Sede Empresarial Piso 2 Torre C.
Carta, decreto o resolución de entidad pública o privada donde conste la causal de terminación del contrato de trabajo.
Para artistas, escritores o deportistas: certificación de vinculación a asociación de artistas, deportistas o escritores en caso de ser agremiado; de lo contrario, declaración juramentada rendida por dos testigos que acrediten dicha condición.
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