miércoles, 9 de agosto de 2017

Este Jueves en Ibagué, senador Roy Barreras hará lanzamiento del libro ROY “De Abajo hacia Arriba”


Lanzamiento del libro , revelaciones de un hombre clave para la Paz

Este Jueves 10 de agosto a las 4:30am, en el HOTEL CASA MORALES Cra 3 #3-47 Primer Piso en Ibagué, será el lanzamiento de la última obra del periodista argentino Ángel Becassino, "Roy de Abajo hacia Arriba ", que retrata un personaje muy reconocido en la vida política colombiana, pero a su vez poco conocido por la ciudadanía.

Así mismo el texto revela varios secretos sobre el proceso de paz y las acciones del día a día que hizo que a los pocos meses del ingreso de ROY BARRERAS a la mesa de negociación, se alcanzara un acuerdo final con las Farc.

Procuraduría y Contraloría alertan sobre recorte a las facultades sancionatorias contra la corrupción


• Solicitan a la Cámara de Representantes retirar los artículos 1 y 14 del Proyecto de AL 012 de 2017 que somete a consulta judicial las inhabilidades contra servidores de elección popular.
• Califican el articulado como lesivo para las competencias de los órganos de control y generador de un eventual choque de trenes entre autoridades judiciales.
• Los dos artículos del proyecto no se ajustan al condicionamiento constitucional para que su aprobación se haga vía fast track.

Bogotá, 3 agosto de 2017. El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, y el Contralor General de la República, Edgardo Maya Villazón, en carta a los ponentes del proyecto de Acto Legislativo Nro. 012 de 2017, que cursa en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, solicitaron la exclusión del texto de los artículos 1 y 14 que someten a consulta judicial las inhabilidades que impongan los dos entes de control a servidores públicos de elección popular.

“Adoptar normas como las enunciadas, además de innecesario por cuanto no se requieren para el cumplimiento de compromisos internacionales, resulta lesivo de las competencias constitucionales atribuidas a los órganos de control, generando más trámites y congestión judicial, a la vez que mandan un mensaje erróneo a la sociedad, pues con el argumento de defender los derechos políticos terminaría premiándose la participación en procesos electorales, de quienes han sido sancionados por violar la ley y afectar el patrimonio público”.

Para la Procuraduría y la Contraloría los textos propuestos a estudio del Congreso no son susceptibles de aprobación por la vía del fast track, pues no se refieren a materias para agilizar y garantizar la implementación del acuerdo de paz.
“Ninguna relación existe entre el Acuerdo Final y el hecho de someter el cumplimiento de las decisiones sancionatorias de la Procuraduría o la Contraloría General de la República al grado jurisdiccional de consulta”.

“Regular los efectos de las decisiones que se adopten por los organismos constitucionales de control en relación con la conducta de los servidores públicos, es un asunto que no se ajusta al condicionamiento exigido por la Constitución Política, para que su consideración por el Congreso de la República se dé a través de la vía del denominado fast track”.

Carrillo Flórez y Maya Villazón recordaron el origen constitucional de las dos instituciones, que cumplen funciones propias y autónomas. 

En su misiva recordaron, además, que la Corte Constitucional en la sentencia C – 028 de 2006, magistrado ponente Humberto Sierra Porto, sobre la sanción de destitución e inhabilidad general precisó que “la facultad que le otorgó el legislador a la Procuraduría General de la Nación para imponer sanciones disciplinarias temporales o permanentes que impliquen restricción del derecho de acceso a cargos públicos, no se opone al artículo 93 constitucional ni tampoco al artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica”.

Para los entes de control, de aprobarse el mecanismo de consulta judicial se podría generar un choque de trenes entre las autoridades que tendrían que conocer ese recurso, y quienes conozcan una eventual acción contenciosa para buscar la nulidad de la sanción, lo que de paso conllevaría a generar congestión judicial.
Finalmente, advierten que el derecho a acceder a un cargo, a elegir y ser elegido no es absoluto, sino que tiene límites establecidos en la Constitución y la ley. 

“De lo que se trata es que personas que ya demostraron que incumplieron sus deberes y obligaciones en los cargos a los que fueron elegidos, y que, en tal virtud fueron objeto de fallos disciplinarios o de responsabilidad fiscal, no puedan acceder, sin más ni más, a ser nuevamente elegidos a un cargo público. Consideramos que debe romperse ese círculo vicioso en el país”.                        

Definido el calendario de reposición de clases en Cundinamarca


· El gobierno departamental estableció los días lectivos que permitirán la recuperación académica de las clases afectadas por cese de actividades del magisterio.

· La medida aplica para los establecimientos educativos oficiales de los municipio no certificados del departamento.

(Cundinamarca, 9 de agosto de 2017) La Gobernación de Cundinamarca expidió la Resolución No. 4255 del 4 de agosto de 2017 mediante la cual establece el calendario académico, para docentes y estudiantes, que permitirá reponer el servicio educativo pendiente afectado por el cese de actividades del magisterio.

En ese sentido, la secretaría de Educación departamental, informa a la comunidad educativa cundinamarquesa que el cronograma de reposición de clases quedó establecido de la siguiente manera:

DÍAS CALENDARIO ESTUDIANTES RECUPERACIÓN DÍAS LECTIVOS

Agosto 7 y 21

Octubre 16

Noviembre 6 y 13 5

Octubre 9,10, 11,12, 13 5

Noviembre 27,18,29,30

Diciembre 1 5

Diciembre 4,5,6,7,11 5

Total 20

La medida busca garantizar el cumplimiento de las 40 semanas lectivas y las horas de intensidades académicas de cada nivel de educación establecidas por la Resolución 8334 de 2016, que establece el calendario académico general para 2017.

En relación con las vacaciones de directivos y directivos docentes que participaron en el cese de actividades, el gobierno cundinamarqués estableció que las mismas iniciarán el 12 de diciembre de 2017 como parte de la reposición del tiempo y finalizarán el 5 de enero de 2018 como estipula la resolución original de calendario 2017.

Deducción por días no laborados. La resolución 4255 establece también que el incumplimiento, parcial o total, del cronograma de recuperación certificado por el

rector dará lugar a la deducción de los días no recuperados por el directivo docente o docente.

Asimismo, los rectores de las instituciones educativas deben garantizar que los estudiantes reciban la intensidad horaria establecida en al plan de estudios y comunicar a la Secretaría de Educación de Cundinamarca el incumplimiento de la misma.

Incautan 85 botellas de licor adulterado en Ibagué


Durante los operativos realizados por las autoridades el pasado fin de semana, se logró la incautación de 85 botellas de licor que presentaba inconsistencias en el contenido e irregularidades en la etiquetación. Estas bebidas iban a ser distribuidas en la capital del Tolima.

Marco Emilio Hincapié, director de Justicia y Orden Público de la Secretaría de Gobierno, manifestó que la mercancía incautada tiene un valor aproximado de $4’600.000.

“Hay un gran hallazgo de licor adulterado. La Policía Metropolitana pudo incautar 28 botellas de aguardiente, cinco botellas de vino, dos botellas de crema de whiskey y 50 botellas de cerveza”, dijo Hincapié.

Y agregó: “En la ciudad puede estar circulando algún tipo de licor adulterado, por eso es importante recordarle a los ibaguereños que deben revisar estas bebidas antes de consumirlas y que deben adquirir el licor en sitios de confianza”.

Resultados operativos

De igual manera, a través de los operativos de registro y control, la Policía Metropolitana logró la captura de 35 personas, 33 de ellas en flagrancia, sindicadas de cometer delitos como hurto calificado y agravado, porte de armas, tráfico de estupefacientes, entre otros.

“También logramos incautar 1.060 gramos de marihuana y 518 gramos de coca, estupefacientes que iban a ser distribuidos en la capital del Tolima”, sostuvo el coronel Jorge Morales, comandante de la Policía Metropolitana de Ibagué.

viernes, 4 de agosto de 2017

Controlado incendio forestal en zona de páramo de Murillo - Tolima.


El pasado 2 de agosto, el cuerpo de Bomberos del municipio de Murillo, reporta un incendio forestal en el Predio El Toro, vereda Alfómbrales de la norteña población. La conflagración arrasó cerca de 35 hectáreas de bosque nativo.

Las llamas que alcanzaron los 8 metros de altura devastó frailejones, pinos de páramo y patula, entre otras especies propias de la zona. Así mismo, un humedal y la fauna resultaron comprometidos por lo intenso del incendio.

Por ahora se desconoce los móviles que provocó la conflagración en predio que es propiedad de Cortolima, sin embargo, será un grupo técnico de la Corporación Autónoma y las autoridades que puedan establecer las causas y consecuencias de este daño ambiental a 3670 m.s.n.m.

La oportuna atención hizo que la conflagración no fuera mayor

Miembros del cuerpo de bomberos y comunidad del municipio de Murillo, atendió inicialmente el incendio, logrando extinguirlo casi en su totalidad sobre las 11 de la noche (2 de agosto). Posteriormente, arribó la brigada de emergencia de Cortolima, consiguiendo sofocar los puntos calientes que aun persistían; que no atenderse podría generar un segundo incendio.

Finalmente, las Corporación Autónoma Regional del Tolima, solicita a las autoridades municipales, comités de emergencia y de socorro estar alerta a cualquier emergencia provocada por las altas temperaturas que por estos días azotan gran parte del territorio tolimense.

Lo ultimo

A esta hora la brigada de emergencia de Cortolima en convenio con bomberos voluntarios del Tolima atiende un incendio forestal en el municipio de Alvarado que fue reportado por el Grupo de Prevención y Atención de Desastre-GPAD-y Secretaria de Ambiente y Gestión del Riesgo de Ibagué.


miércoles, 2 de agosto de 2017

En Villahermosa Tolima: Exsecretario de hacienda habría girado más de $881 millones del Sistema General de Participaciones a sus cuentas personales y a la de su esposa.


Desde las cuentas bancarias del municipio se efectuaron giros electrónicos a cuentas personales tanto del Secretario Municipal de Hacienda de la época, como de la esposa del funcionario, sin que existiera justificación alguna de dichos pagos.

La práctica se habría presentado de forma sistemática entre los años 2013, 2014 y 2015, acumulándose en ese tiempo un total girado a cuentas propias por más de $881 millones de pesos.

Los hallazgos se identificaron en una auditoría adelantada sobre los recursos del Sistema General de Participaciones, ejecutados por la alcaldía de Villahermosa, en el Departamento del Tolima.

La pérdida recursos del SPG habría sido de $672 millones de pesos, pues el exfuncionario reembolsó  $ 208 millones.

Bogotá, D.C. agosto 1 de 2017. La Contraloría General de la República, dentro de una auditoría adelantada a los recursos del Sistema General de Participaciones ejecutados por la alcaldía de Villahermosa, Tolima, evidenció graves irregularidades en el manejo de las cuentas bancarias del municipio, a través de las cuales el exsecretario de Hacienda, Augusto Flórez Lozano, habría girado más de $881 millones de pesos hacia sus cuentas personales y la de su esposa, durante los años  2013, 2014, 2015.

Los recursos se habrían girado desde las cuentas corrientes del municipio en el Banco Agrario, a través de las cuales la entidad recibe y dispone de los recursos del Sistema General de Participaciones para propósito general, agua potable, educación, entre otras, y desde las que se efectuaron los giros a favor de las cuentas personales del entonces Secretario, y de su esposa, en Bancolombia.

Durante los años 2013, 2014 y 2015, se efectuaron un total de 66 giros, por $881 millones 539 mil pesos. Sin embargo se identificaron algunos reembolsos a favor del municipio, efectuados por el funcionario desde su cuenta personal, por valor aproximado de $208 millones de pesos. La pérdida total de recursos del SPG habría sido de $672 millones de pesos.

Los funcionarios públicos que durante la fecha de ocurrencia de los hechos se encontraban a cargo de la administración y custodia de los recursos, eran el entonces Alcalde municipal, Carlos Evelio García Herrera, y su Secretario de Hacienda, Augusto Flórez Lozano, quienes además eran los que tenían el manejo conjunto de las claves para las transferencias bancarias.

De conformidad con la documentación aportada por el equipo auditor de la Gerencia Departamental Colegiada del Tolima, los funcionarios que habrían participado en los hechos y que se consideran como presuntos responsables de la pérdida patrimonial del municipio, serían el ex alcalde, Carlos Evelio García Herrera, quien se desempeñó en el cargo entre el 1° de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2015, así como el ex secretario de hacienda, Augusto Flórez Lozano, quien ejerció el cargo entre el 1° de abril de 2012 y el 31 de diciembre de 2015.

Entrada destacada

REFUERZAN ACCIONES DE PREVENCIÓN EN LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE IBAGUÉ

  Jornada integral para la protección de la niñez, el turismo responsable y el control migratorio. En un trabajo articulado, unidades de...