La Secretaría de Educación y Cultura del Tolima con apoyo de la Interventoría contratada para el desarrollo de los convenios de transporte escolar, en procura de acatar los mandatos constitucionales, que consagran el derecho fundamental a la educación, y con el propósito de asegurar a los niños, niñas y adolescentes del departamento las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo, adelantó diferentes gestiones frente al mercado en las empresas aseguradoras legalmente constituidas, con sede en la ciudad de Ibagué, encontrando como solución a los inconvenientes que algunos municipios registran lo siguiente:
1. Las pólizas civiles extracontractuales, a que se refiere el numeral 2º, del artículo 17 del Decreto 174 de 2001, que incluye los siguientes riesgos, a) Muerte o lesiones a una persona, b) Daños a bienes de terceros, c) Muerte o lesiones a dos o más personas, y que el monto asegurable por cada riesgo no podrá ser inferior a 60 Salarios Mínimos Legales Vigentes por persona, están siendo expedidas por Seguros del Estado, Aseguradora Colpatria, entre otras compañías.
2. Frente a la imposibilidad que aducen las compañías Aseguradoras para expedir dichas pólizas civiles de responsabilidad contractual a particulares, la Compañía Aseguradora, la Previsora ha emitido una comunicación abierta, donde presenta un producto denominado Pólizas Personales a Pasajeros, al cual pueden acceder los propietarios de vehículos particulares que cumplen con los requisitos establecidos en el numeral 1º, del Decreto Nacional 3964 de 2009, expedido por el Ministerio de Transporte, y que pretenden vincularse al servicio de transporte escolar rural.
Se debe tener en cuenta que la Póliza Personal de Pasajeros ofrecida por esta compañía aseguradora, y que puede ser constituida a través de cualquier otra compañía que la ofrezca, incluye todos los amparos básicos dispuestos en el numeral 1º, del artículo 17 del Decreto 174 de 2001, entre ellos; a) Muerte, b) Incapacidad permanente, c) Incapacidad temporal, d)Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios, y el monto asegurable por cada riesgo no es inferior a 60 SMMLV por persona.
De esta manera estamos comprometidos con la educación oficial del Tolima, presentando todas las garantías para el acceso y permanencia en las aulas de clase.
No hay comentarios:
Publicar un comentario