domingo, 27 de septiembre de 2009

A través de la Estampilla Prodesarrollo Más de$5.000 millones percibirá anualmente Universidad de Cundinamarca

(Bogotá D.C., septiembre 26 de 2009). “Este es un apoyo sin precedentes para la Universidad, en una primera etapa generará cerca de $6.000 millones anuales pero puede ser más porque es creciente año a año”.

Así lo manifestó el gobernador de Cundinamarca, Andrés González Díaz, tras conocer que anoche fue aprobado por parte de la Asamblea de Cundinamarca, en segundo debate, el proyecto de ordenanza presentado mediante el cual se ordena la emisión de la estampilla “Prodesarrollo de la Universidad de Cundinamarca, UDEC”.

De acuerdo al secretario de Hacienda, Mario Martínez, se calcula que se recaudarán anualmente $5.583 millones, proyecciones realizadas con base en los actos y hechos que podrán ser gravados.

El próximo lunes se dará el tercer debate al Proyecto y una vez se adelanten los ajustes presupuestales establecidos por la Ordenanza un mes después comenzaría el recaudo. “Una vez la ordenanza sea aprobada en tercer debate, viene el proceso de sanción, los ajustes y adecuaciones presupuestales que debemos hacer en el Departamento para iniciar el proceso de recaudo”, declaró.

Los dineros recaudados se destinarán exclusivamente a financiar las inversiones de la Universidad en lo que tiene que ver con el mantenimiento, ampliación y modernización de su planta física, infraestructura tecnológica, investigación científica, modernización de un centro de archivo y documental, así como becas académicas y estudiantiles.

El proyecto de ordenanza establece que el 30% del recaudo se destinará para inversión en el mantenimiento, ampliación y modernización de su planta física, futuras ampliaciones y construcciones; otro 30% será para el desarrollo y modernización de la infraestructura tecnológica y de información que permitirá contar con plataforma virtual, comunicaciones, digitalización y educación virtual; un 20% será destinado para la investigación científica; un 5% para modernización y dotación de los laboratorios, otro 5% para modernización y dotación de las bibliotecas y el fondo editorial, otro 5% favorecerá la modernización de un centro de archivo y documental, y el 5% restante se destinará en programa especial de becas académicas y estudiantiles

sábado, 26 de septiembre de 2009

PGN emite concepto sobre inhabilidades de parientes de Concejales y Diputados

Bogotá, 25 de septiembre de 2009. Debido a falta de claridad en la formulación de la demanda de la Ley 1296 de 2009, el Ministerio Público solicitó a la Corte Constitucional declararse inhibida para conocerla de fondo o declarar, subsidiariamente, exequible la norma.

La norma demandada se refiere a las inhabilidades legales relativas a parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil de los diputados y concejales distritales y municipales, para ser contratistas de la respectiva entidad territorial.

Según el actor de la demanda, la citada norma vulnera el régimen constitucional por extralimitación legislativa, porque la Carta Política establece las prohibiciones para ocupar cargos públicos para los parientes de los diputados y concejales sólo en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil.

La Procuraduría indicó que el Congreso de la República expidió la Ley 1296 de 2009 para regular el régimen de inhabilidades contractuales públicas que debe aplicarse a determinados parientes de gobernadores, diputados, alcaldes y concejales para que no puedan ser contratistas de la respectiva entidad territorial, lo cual es muy distinto al marco Constitucional para regular las inhabilidades laborales.

Consideró que la Ley 1296 de 2009 tiene por finalidad garantizar la independencia entre las relaciones de las autoridades regionales y los órganos de elección popular encargados del control político, para evitar que el nepotismo o el aprovechamiento particular del erario público se hagan por vía contractual.

Subsidio al desempleo

Si usted está desempleado, es cabeza de hogar con personas a cargo y estuvo afiliado a una Caja de Compensación o EPS contáctenos al 3 077001 (digite la opción 4 del menú para recibir información adicional).


¿Qué es el subsidio al desempleo?
Es un recurso destinado a mejorar las condiciones de vida de la población desempleada cabeza de hogar a través de la entrega de subsidios destinados a cubrir necesidades en aspectos tales como alimentación, educación y salud.
Sus recursos son parte del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección del Desempleo (FONEDE) creado mediante la Ley 789 de 2002.

Actualmente está determinado un monto equivalente a un salario y medio mínimo legal mensual vigente ($745.350), el cual se dividirá y otorgará en seis cuotas mensuales iguales ($124.225), que podrán hacerse efectivas a través de aportes al sistema de salud, bonos alimenticios y/o educación, según la elección que haga el beneficiario.

El Gobierno Nacional determinó que el subsidio está destinado a los jefes cabeza de hogar desempleados que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación durante doce meses continuos o discontinuos dentro de los tres años anteriores a la fecha de solicitud de dicho subsidio.
Los jefes cabeza de hogar desempleados sin vinculación anterior a las Cajas de Compensación también pueden solicitar el subsidio al desempleo, pero se dará prioridad a los deportistas, escritores o artistas.
Se considera jefe cabeza de hogar desempleado a la persona que demuestre haber sido afiliada anteriormente (como cotizante y no como beneficiario) a una EPS o a una Caja de Compensación, con personas a cargo y que al momento de recibir el subsidio al desempleo no se encuentre afiliada ni a una EPS, ni a una Caja de Compensación, como cotizante o como beneficiario (parágrafo 5, artículo 13, Ley 789/2002)

REQUISITOS

Desempleados con vinculación anterior a cualquier Caja de Compensación:
Ser Jefe Cabeza de Hogar desempleado y con personas a cargo (hijos, padres o cónyuge).
No estar afiliado a ninguna EPS ni Caja de Compensación ni como cotizante ni como beneficiario.
Haber estado afiliado a alguna Caja de Compensación, mínimo 12 meses continuos o discontinuos, dentro de los 3 años anteriores a la postulación.
No tener contrato de trabajo vigente.
Carecer de ingreso económico (ni el postulante ni las personas a cargo).

DOCUMENTOS
Formulario debidamente diligenciado y firmado (se entrega en forma personal sin ningún costo ni intermediación en la calle 69 No 8-25 o en la Avenida 68 No. 49 A 47 Sede Empresarial Piso 2 Torre C.
Carta, decreto o resolución de entidad pública o privada donde conste la causal de terminación del contrato de trabajo.
Para artistas, escritores o deportistas: certificación de vinculación a asociación de artistas, deportistas o escritores en caso de ser agremiado; de lo contrario, declaración juramentada rendida por dos testigos que acrediten dicha condición.

Decreto ley seca Girardot para el sabado 26 domingo 27 y lunes 28 de septiembre

doble clik sobre la imagen para leer de mejor forma el decreto: Gracias

viernes, 25 de septiembre de 2009

Asegurado transporte escolar

Un total de $8.613 millones entregó la Administración Departamental en lo corrido del año para que 52.777 niños, niñas y jóvenes de 111 municipios de Cundinamarca se vean beneficiados con el programa de transporte escolar.

Para el segundo semestre del año, la Secretaría de Educación de Cundinamarca destinó recursos por $4.480 millones destinados a subsidiar la prestación del servicio de transporte a los estudiantes de instituciones públicas que viven a más de tres kilómetros de los centros educativos y no cuentan con una sede cercana que les preste el servicio.

Estos recursos serán entregados a los municipios acorde a las disposiciones establecidas en la ley y en el transcurso de la próxima semana una vez los alcaldes firmen los respectivos convenios.

La asignación se oficializó mediante Decreto 212 del 22 de septiembre de 2009 brindando de esta forma una nueva oportunidad a los alcaldes municipales para garantizar la prestación del servicio en lo que resta del año.

Este proyecto de transporte escolar que se ha denominado acceso y permanencia al sector educativo en niveles de educación formal en Cundinamarca, es un subsidio de apoyo a los padres de familia para que los hijos puedan llegar a los colegios públicos. Los niños que son favorecidos con este beneficio son los que están inscritos en los niveles uno, dos y tres del Sisbén, viven a más de tres kilómetros de la escuela y su vivienda no está cerca de ninguna institución educativa.

jueves, 24 de septiembre de 2009

Cundinamarca depura bases de datos ante Fosyga

(Bogotá D.C., septiembre 24 de 2009). El programa “Carnetizando la salud de mi pueblo” comienza a arrojar resultados satisfactorios para Cundinamarca. Así lo dio a conocer la secretaria de Salud, Zoraya López, quien manifestó que el Departamento ha logrado 252.293 nuevos registros cargados y depurados en la Base de Datos Única de Afiliados - BDUA, la cual reporta directamente al Fosyga la información concerniente al régimen subsidiado del Departamento.

“Al iniciar la actual administración el Departamento contaba con 702.247 registros que se subían efectivamente a las bases de datos del Fosyga, hoy con el equipo que integra nuestras patrullas de aseguramiento hemos logrado que los alcaldes se unan a este propósito y conozcan la importancia que tiene para el sistema de salud depurar las bases de datos y avanzar en el cumplimiento de la meta que nos hemos propuesto para el cuatrienio. Hoy ya se reportan 954.540 personas en el sistema, pasamos de un 61% a un 77.8%, las cifras demuestran que aumentamos algo más de 16 puntos en lo corrido del último año”, manifestó la funcionaria.

Gracias a este trabajo, los hospitales ya no van a depender de los recursos que genera la Secretaría de Salud sino de las Empresas Promotoras de Salud E.P.S., debido a que los usuarios están asegurados y no vinculados al sistema, lo que a su vez permitirá mejorar sustancialmente el flujo de recursos, favorecer el acceso de medicamentos y responder con mayor oportunidad y calidad a los servicios de salud.

Esta labor se adelanta con un equipo integrado por 25 personas llamado Patrullas de Aseguramiento quienes se dedicaron a trabajar en 35 municipios que fueron priorizados en donde se presentaban problemas sustanciales en el manejo de las bases de datos.

Cundinamarca se prepara para jornada electoral

(Bogotá D.C., septiembre 24 de 2009). El secretario de Gobierno de Cundinamarca, Roberto Moya Ángel, con ocasión de la consulta interna de los partidos políticos prevista para este domingo 27 de septiembre, invita a los alcaldes del Departamento a disponer las medidas necesarias para preservar el orden público y garantizar la seguridad durante la jornada.

En este sentido, Moya Ángel señaló que de conformidad con la Ley 136 de 1994, los alcaldes podrán proferir los actos administrativos para la adopción de medidas como restricción a la circulación de personas por vías y lugares públicos, toque de queda, restringir o prohibir el expendio de bebidas embriagantes, restricción de circulación de motos con parrillero, restricción de transporte de cilindros, llantas y escombros.

Adicionalmente, solicita a los Mandatarios municipales coordinar con los Comandantes de la Fuerza Pública los operativos que sean necesarios para verificar el cumplimiento de las medidas que se adopten y los demás tendientes a garantizar la movilización de las comunidades para participar democráticamente en la jornada electoral.

Es de señalar que el artículo 315 de la Constitución Nacional establece como atribuciones del alcalde: “Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la Ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo Gobernador. El Alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que imparta el Alcalde por conducto del respectivo comandante”.

En este propósito, la Décimo Tercera Brigada expidió un comunicado informando que con el fin de contrarrestar el accionar delictivo por parte de los miembros al margen de la ley, se suspende de manera general y por tiempo determinado la vigencia de salvoconductos, licencias y permisos para el porte de armas de fuego en Bogotá y en toda la jurisdicción del departamento de Cundinamarca. Esta restricción comenzó a regir el pasado 18 de septiembre y se mantendrá hasta las 6 de la mañana del lunes 28 de septiembre del 2009. Se exceptúan de esta medida, los miembros de la fuerza pública, los organismos nacionales de seguridad, los cuerpos oficiales armados, funcionarios judiciales y de la Procuraduría General de la Nación que porten armas de propiedad del Estado, los servicios de vigilancia y seguridad privada, miembros del Cuerpo Diplomático y Consular reconocidos y los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional en uso del buen retiro.

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