jueves, 18 de junio de 2009

APLICACIÒN DE LA LEY 136 DE 1994 Y EL CODIGO DE

La Alcaldía de Girardot y la Secretaria de Gobierno, se permite informar a toda la Comunidad Girardoteña, que consecuencia de la aplicación de la Ley 136 de 1994 y el Código de la Infancia y la Adolescencia, se encuentra restringida la permanencia y circulación de los niños, niñas y adolescentes por parques, vías y lugares públicos del Municipio deGirardot, a partir de las 11:00P.M. Hasta 6:00A.M. Del día siguiente:

Los niños, niñas y adolescentes que sean sorprendidos en establecimientos donde expendan bebidas alcohólicas, como: tabernas, discotecas, cantinas, bares, tiendas, canchas de tejo o similares, el propietario y/o administrador será sancionado con cierre temporal del establecimiento por 2 días, si ocurriere en más de una oportunidad la sanción será de cierre de 8 días.

Cuando el establecimiento sea sancionado en más de 2 oportunidades se procederá al cierre definitivo del mismo. La sanción será impuesta por la Comisaría de Familia del Municipio de Girardot.

Queda prohibido la permanencia de menores después de las 8:00P.M. En los establecimientos nombrados anteriormente, así se encuentren con sus padres o representantes legales.

Tanto a los niños, niñas y adolescentes, padres de familia, representantes legales, dueños y administradores de establecimientos públicos que infrinjan la norma serán sancionados como la norma establece de conformidad con las normas legales
vigentes.

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