La Alcaldía de Girardot y la Secretaria de Gobierno, se permite informar a toda la Comunidad Girardoteña, que consecuencia de la aplicación de la Ley 136 de 1994 y el Código de la Infancia y la Adolescencia, se encuentra restringida la permanencia y circulación de los niños, niñas y adolescentes por parques, vías y lugares públicos del Municipio deGirardot, a partir de las 11:00P.M. Hasta 6:00A.M. Del día siguiente:
Los niños, niñas y adolescentes que sean sorprendidos en establecimientos donde expendan bebidas alcohólicas, como: tabernas, discotecas, cantinas, bares, tiendas, canchas de tejo o similares, el propietario y/o administrador será sancionado con cierre temporal del establecimiento por 2 días, si ocurriere en más de una oportunidad la sanción será de cierre de 8 días.
Cuando el establecimiento sea sancionado en más de 2 oportunidades se procederá al cierre definitivo del mismo. La sanción será impuesta por la Comisaría de Familia del Municipio de Girardot.
Queda prohibido la permanencia de menores después de las 8:00P.M. En los establecimientos nombrados anteriormente, así se encuentren con sus padres o representantes legales.
Tanto a los niños, niñas y adolescentes, padres de familia, representantes legales, dueños y administradores de establecimientos públicos que infrinjan la norma serán sancionados como la norma establece de conformidad con las normas legales vigentes.
jueves, 18 de junio de 2009
APLICACIÒN DE LA LEY 136 DE 1994 Y EL CODIGO DE
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