miércoles, 20 de enero de 2010

Destitución e inhabilidad por 10 años a ex Comisaria de Familia del Municipio de la Mesa (Cundinamarca)

Bogotá, 20 de enero de 2010. La Procuraduría General de la Nación declaró responsable disciplinariamente a la Señora Luz Elena Artunduaga Jiménez por posesionarse el 24 de septiembre del 2007 como Comisaria de Familia de esa municipalidad estando inhabilitada para desempeñar cargos públicos.

Los hechos tienen que ver con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, del 29 de junio de 2005, que dejó en firme la condena a 36 meses de prisión y la pena accesoria de inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo lapso, y que en su contra había proferido el Tribunal Superior de Cundinamarca, sala penal el 26 de julio de 2004 por una privación ilegal de la libertad durante su ejercicio como Fiscal Seccional en el Municipio de Zipaquirá.

La señora Artunduaga Jiménez apeló de la sentencia de primera instancia del 21 de septiembre del 2009 en la que la Procuraduría Provincial de Girardot, Cundinamarca, que la había inhabilitado para ejercer cargos públicos durante diez años en razón a que tomó posesión del cargo a pesar de que la condena penal le impedía asumir tal responsabilidad.

En segunda instancia la Procuraduría Regional de Cundinamarca confirmó la sanción impuesta, determinando que: “encontrándose en interdicción judicial, necesariamente le impedían posesionarse y ejercer el cargo de Comisaria de Familia”.

Para el Ministerio Público, no son de recibo los planteamientos expuestos por la acusada, por cuanto afirma, que en vista de no registrar antecedentes en el DAS y en la Procuraduría, estaba convencida, de que no estaba inhabilitada para desempeñar cargos públicos.

Al respecto, se advierte que “al tener conocimiento del fallo condenatorio proferido en su contra, debió constatar e informar al nominador de la interdicción que pesaba en su contra, pues debido a su experiencia laboral, reflejada en cargos en la Rama Jurisidiccional, Fiscalía General de la Nación y litigante por espacio de 23 años, como lo consigna en su hoja de vida, no se puede aceptar, que actúo bajo el convencimiento de no encontrarse inhabilitada, y mucho menos que la pena accesoria ya había fenecido”.

De esta manera se considera que la ex Comisaria de Familia incurrió en una falta gravísima a título de dolo, condición que necesariamente le impedía posesionarse y ejercer la labor que estaba desempeñando y por haber suministrado información inexacta y documentación falsa, que tenía incidencia en su vinculación y permanencia en el cargo.

1 comentario:

  1. Bueno, la señora es toda una abogada, corrupta y ladrona, no se podia esperar más.

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