viernes, 7 de diciembre de 2012

LA MUJER VINCULADA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEBE TENER DERECHO A LA LICENCIA POR MATERNIDAD



Bogotá, 6 de diciembre de 2012-. "Cursa en la camara de representantes el  Proyecto de Ley No. 212 de 2012, defenderé el fuero de maternidad a favor de la mujer vinculada mediante contrato de prestación de servicios, para que se le garantice el reconocimiento de la licencia de maternidad por 14 semanas y tres meses adicionales por el período de lactancia".

Este proyecto dispone también que cuando el contrato de prestación de servicios sea terminado unilateralmente por el contratante con ocasión del embarazo o la lactancia, se presumirá como un acto de discriminación en razón a la maternidad y en consecuencia se considerará ineficaz.

De esta manera, se busca lograr una estabilidad contractual reforzada a favor de la mujer cuando sobrevenga el embarazo o la lactancia, para garantizar la continuidad del contrato, el sostenimiento del mínimo vital y la protección del que está por nacer.

Así las cosas, las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que suscriban contratos de prestación de servicios reconocerán el fuero por maternidad a la mujer contratista durante la etapa del embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia.

En el caso del varón contratista, este tendrá derecho a una licencia por paternidad por el nacimiento de un hijo o hija, durante el término de 8 días hábiles.  

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